Equivocada e inconstitucional

ESTHER VICENTE

CATEDRÁTICA DE DERECHO

La interpretación de la Ley 54 para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica, esbozada por el juez asociado Erick V. Kolthoff Caraballo en ese caso, deja sin la protección que provee el estatuto a la perjudicada de unos hechos que de ser probados configuran los delitos de maltrato agravado y maltrato mediante restricción de la libertad, creados por la ley.

Se trata de un tortuoso malabarismo interpretativo que maltrata y lacera una pieza legislativa que ha provisto remedios a miles de mujeres agobiadas por la violencia en la pareja. También agrede el derecho a la igual protección de las leyes y discrimina contra un sector de la sociedad puertorriqueña, las mujeres sobrevivientes de violencia en una relación de pareja con un hombre distinto al marido o casado con otra mujer.

Tan claro es que la Ley 54 provee protección a las sobrevivientes de violencia en este tipo de casos que en el Artículo 3.6, al establecer el beneficio del desvío para los condenados por violar los delitos estatuidos, prohíbe concederlo a los acusados por el delito de agresión sexual conyugal, definido en el Artículo 3.5 de la ley, cuando el agresor cohabite con la víctima y uno de ellos esté casado con otra persona.

El desvío permite a un acusado, luego de una primera condena por delitos establecidos en la Ley 54, evitar una sentencia de confinamiento en prisión si se somete a un programa de reeducación y readiestramiento.

Surge de lo anterior que la Ley 54 aplica a situaciones como las del caso comentado, en que la perjudicada estaba casada con persona distinta al agresor. Así lo reconoció en su voto disidente la jueza asociada Liana Fiol Matta, a quien se unieron la jueza asociada Anabelle Rodríguez Rodríguez y el juez presidente Federico...

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