Escudo para su intimidad

Por Laura N. Pérez Sánchez

laura.perez@elnuevodia.com

La explicación para la popularidad de esta protección podría estar en su alcance, ya que es uno de los pocos derechos constitucionales que ampara a los ciudadanos, no sólo ante el gobierno, sino frente a cualquier persona o entidad privada.

Carlos Ramos González, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad Interamericana, indicó que el derecho a la intimidad, que figura de manera explícita en la Constitución de Puerto Rico según lo ha manifestado el Tribunal Supremo, protege las decisiones sobre la vida personal y el cuerpo y, también, hasta dónde el estado y terceras personas pueden obtener información sobre el ciudadano.

De ahí que, cada cierto tiempo, se reclame el derecho a la intimidad -que aquí se conoce también como de la privacidad, por una traducción del inglés- cuando, por ejemplo, se propone instalar cámaras de seguridad o intervenir mediante legislación con el estilo de vida de los ciudadanos.

En los pasados años, han aumentado las menciones de este derecho constitucional con relación al uso y el acceso a la internet, sobre lo cual estudiosos opinan que se difuminan aún más las fronteras entre lo público y lo privado.

En este caso, la decisión del usuario de publicar un vídeo, una foto o un escrito en un portal puede ser suficiente como para renunciar a ese derecho, si así lo establecen las reglas de la página, indicó recientemente a El Nuevo Día la abogada Julizzette Colón...

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