Existen mecanismos para proteger tu casa de los acreedores

Existen mecanismos en ley para ayudar a los dueños de hogar a evitar que los acreedores puedan ir contra una vivienda y pongan en riesgo el techo de una persona, entre ellos, la escritura de hogar seguro, que protege la vivienda principal de toda gestión de cobro, excepto los acreedores hipotecarios."Es un documento sencillo que se hace ante un notario que da fe de que esta residencia es la vivienda principal, que es dueño de la casa y que no tiene otra casa que esté denominada como su hogar seguro", explicó la licenciada Verónica Rivera Torres, abogada comunitaria de la organización Ayuda Legal Puerto Rico. "Este documento te defiende de los acreedores, sin incluir a los acreedores hipotecarios, que son la gran excepción en esta protección".Una vez existe la escritura de hogar seguro, si una persona es demandada por cualquier asunto y hay en su contra una sentencia para ejecutar, la casa principal está protegida y no puede ser incluida entre los bienes a la hora de pagar esta demanda.Rivera Torres explicó que la escritura de hogar seguro se puede firmar incluso cuando el proceso contra la persona haya comenzado.Existen varios requisitos para que una persona cualifique para hogar seguro, un mecanismo establecido por ley especial en 2011. Es preciso que un notario o notaria haga el acta y la persona debe ser dueña de la propiedad y esta ser su hogar principal. En caso de que haya varios herederos, todos deben aceptar que esta casa tendrá la escritura de hogar seguro.La ley no provee un límite ni al ingreso de los residentes ni al costo de la vivienda. Es decir, explicó Rivera Torres, todas las viviendas principales cualifican para esta protección."El propósito es defender la residencia principal", explicó. "Si hay más de una casa, solo protege una porque solo podemos tener una residencia principal. Si la persona fallece y el viudo o viuda sigue viviendo en la propiedad, se mantiene la designación de hogar seguro".Agregó que se trata de un mecanismo que no es preciso renovar, siempre y cuando las circunstancias sean las mismas bajo las cuales se otorgó. Esta...

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