Ley Núm. 081 de 15 de Marzo de 2004. Flexibilidad administrativa y reglamentaria para el pequeño negocio
Evento | Ley |
Fecha | 15 de Marzo de 2004 |
Ley Núm. 81 de 15 de marzo de 2004
(P. de la C. 3865)
Para añadir el inciso (f) al Artículo 3 de la Ley Núm. 454 de 28 de diciembre de 2000, conocida como "Ley de Flexibilidad Administrativa y Reglamentaria para el Pequeño Negocio", a los fines de aclarar que dicha ley no tiene el propósito de autorizar, facilitar o proteger la operación de negocios en áreas residenciales en violación de cualquier ley o reglamento aplicable.
La Ley Núm. 454 de 28 de diciembre de 2000, conocida como "Ley de Flexibilidad Administrativa y Reglamentaria para el Pequeño Negocio" se aprobó con el propósito de que las agencias gubernamentales revisen sus reglamentos para asegurar que los pequeños negocios no estén excesivamente reglamentados y flexibilizar las penalidades de acuerdo a su tamaño.
Esta Ley permite requerirle a las agencias del gobierno adoptar reglamentos que impongan la menor carga al pequeño comerciante. Además, se establece una guía para el análisis al momento de buscar soluciones a problemas de política pública sin levantar barreras al comercio y a la productividad.
Esta Ley, sin embargo, no tiene el propósito de autorizar o facilitar la operación de negocios en áreas residenciales en violación de cualquier ley o reglamento aplicable.
DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 3.-Definición y Ambito de la Política Pública de Flexibilidad Administrativa y Reglamentaria para el Pequeño Negocio.
(a) Cada agencia deberá, a discreción, modificar las penalidades económicas en todo o en parte, a pequeños negocios cuando:
(1) La violación se corrija en un período apropiado de tiempo. Si corregir la violación toma un tiempo mayor del indicado, la agencia puede condonar hasta un cien (100) por ciento de la multa si el dinero a pagarse se utiliza para corregir la violación.
(b) La provisión del inciso (a) de este Artículo, se aplicará cuando el pequeño negocio cumpla de buena fe...
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