In Re: Angel D. López-lópez Y Otros 2016 T.S.P.R. 122

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas262-263

Page 262

Conducta Profesional. P.E.J.C.

Decisión del Tribunal Supremo: Suspende inmediata e indefinidamente a varios miembros de la profesión legal (Ángel D. López López, José E. Arrarás Mir, Agnes D. Martínez Colón, Juan Capestany Rodríguez (fallecido) por su reiterado incumplimiento con los requerimientos del P.E.J.C.

Fundamentos legales: El Tribunal Supremo se ha expresado en torno a la importancia de cumplir diligentemente con los requisitos de educación jurídica continua en el quehacer profesional de los abogados. Asimismo, ha señalado que los requisitos establecidos en el Reglamento de Educación Jurídica Continua, 2005, 164 D.P.R. 555, responden al deber ineludible de todo abogado y abogada del País de "mantener un alto grado de excelencia y competencia en su profesión a través del estudio y la participación en programas educativos de mejoramiento profesional . . .". Canon 2 del Código de Ética Profesional.

La desidia y dejadez ante los requerimientos del P.E.J.C. constituyen un gasto de...

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