In Re: Avlin Maldonado Pérez, 2018 TSPR 152

AutorRuth E. Ortega-Vélez
Páginas436-437
La Responsabilidad Profesional del Abogado Puertorriqueño
436
IN RE: JOSUÉ V. LORENZI ANTONETTY,
2018TSPR135 (PER CURIAM)
Incumplimiento con los Requerimientos del PEJC y con las Órdenes del
Tribunal Supremo.
Hechos: El 16 de junio de 2017, el Director del PEJC presentó ante el Tribunal
Supremo el Informe donde notificó sobre el incumplimiento del Lcdo. Lorenzi
Antonetty con la educación jurídica continua. El 18 de septiembre de 2017, el
Tribunal le ordenó al Lcdo. Lorenzi Antonetty comparecer y mostrar causa por la
cual no debía ser suspendido del ejercicio de la profesión de la abogacía por
incumplir con los requisitos de la educación jurídica continua. El Lcdo. Lorenzi
Antonetty no ha comparecido ante este Tribunal.
Decisión del Tribunal Supremo: Suspensión inmediata e indefinida por
incumplir las órdenes del Tribunal Supremo y los requerimientos del PEJC.
Fundamentos legales: Desatender los requerimientos del Tribunal Supremo es
incompatible con la práctica de la profesión, ya que constituye una violación al
Canon 9. Los mandatos del Canon 9 también se extienden a los requerimientos de
la OPG, la ODIN y el PEJC.
El Lcdo. Lorenzi Antonetty ha hecho caso omiso a las órdenes del Tribunal
Supremo a pesar de las debidas advertencias sobre las posibles consecuencias de
su incumplimiento, lo que conlleva, a su vez, una violación al Canon 9 de Ética
Profesional.
IN RE: ELISA M. FIGUEROA BAEZ,
2018TSPR134 (PER CURIAM)
Suspensión inmediata e indefinida por incumplir con las órdenes del Tribunal
Supremo y con los requerimientos del PEJC.
IN RE: MARIO SORIANO RESSY,
2018TSPR137 (PER CURIAM)
Suspensión inmediata e indefinida del Lcdo. Soriano Ressy, por incumplir con
las órdenes del Tribunal Supremo y con los requerimientos del PEJC. Además, por
no mantener actualizados sus datos personales en el RUA.
IN RE: AVLIN MALDONADO PÉREZ,
2018TSPR152 (PER CURIAM)
Incumplimiento con los Requerimientos del PEJC y con las Órdenes del
Tribunal Supremo.
Hechos: La Lcda. Avlin Maldonado Pérez fue admitida al ejercicio de la abo-
gacía en 2007 y a la notaría en 2008. El 12 de mayo de 2017, el Director Ejecutivo
del PEJC presentó ante el Tribunal Supremo un Informe sobre incumplimiento con
requisito de educación jurídica continua donde incluía a la Lcda. Maldonado Pérez.
Le otorgó a esta sesenta días adicionales para tomar los cursos necesarios y

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