In Re: Cruz A. Valentín Malave, 2015 T.S.P.R. 98

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas269-270

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Conducta Profesional. O.D.I.N.

Hechos: El 9 de octubre de 2014, el Director de la Oficina de Inspección de Notarías compareció ante el Tribunal Supremo para informar que el Lcdo. Cruz

  1. Valentín Malavé desatendió sus requerimientos en múltiples ocasiones desde el 2012; y para requerir que el Tribunal ordene la incautación de la obra y sello notarial del abogado y decrete su separación del ejercicio de la notaría.

El 20 de agosto de 2012, la O.D.I.N. notificó al abogado un Informe en el cual se desglosaban las deficiencias de su obra notarial y le concedió 15 días para que presentara cualquier objeción al Informe y atendiera las deficiencias señaladas. Entre los señalamientos de O.D.I.N. se incluyó la omisión de presentar varios índices de actividad notarial y la existencia de una deuda arancelaria ascendente a $1,069.50. El licenciado Valentín Malavé aceptó el contenido del Informe y las deficiencias señaladas e informó que no había podido efectuar las correspondientes correcciones por dificultades económicas,

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pero aun así se comprometió a comprar los sellos adeudados.

El 26 de junio de 2013, la O.D.I.N. le requirió al abogado que detallara las gestiones que había llevado a cabo para comenzar el proceso de subsanación.

El 16 de octubre de 2014, el Tribunal Supremo ordenó la incautación del sello y obra notarial del abogado y le concedió un término de 10 días para que mostrara causa por la cual no debía ser suspendido de la profesión de la abogacía y la notaría por su reiterado incumplimiento con los requerimientos de la O.D.I.N. Dicha resolución le fue notificada personalmente al abogado.

El 20 de enero de 2015, el Director de la O.D.I.N. compareció nuevamente ante el Tribunal Supremo para informar que la deuda arancelaria aún prevalecía al igual que subsistían las deficiencias notariales.

Decisión del Tribunal Supremo: Decreta la suspensión del abogado del ejercicio de la abogacía y la notaría de forma inmediata e indefinida.

Fundamentos legales: El Tribunal Supremo de Puerto Rico tiene el poder inherente de regular la profesión legal y, como tal, le...

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