In Re: Hilton J. García Aguirre, 2014 T.S.P.R. 41

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas116-118

Page 116

Ejercicio de la Notaría.

Hechos: El licenciado García Aguirre fue admitido al ejercicio de la abogacía y al de la notaría en 1985.

El 8 de marzo de 2001, la O.D.I.N. presentó su Informe de Estado de la Notaría, en el cual señaló múltiples deficiencias en la obra notarial del licenciado García Aguirre correspondiente a los años 1989 a 1997. El Informe sostuvo que la gama de deficiencias es amplia, a lo que se une, en demérito para el Notario, la resurgencia de estas y la desatención a los requerimientos del Tribunal Supremo. Algunas de estas deficiencias, como las relativas a la autorización de testamentos, acusan gravedad mayor en vista de sus serias consecuencias. La negligencia del Notario a ese respecto desdice por demás del cuidado y esmero que exige el ejercicio notarial.

El Tribunal concedió al notario un término de 20 días para mostrar causa por la cual no debía ser suspendido de la abogacía. No compareció. Le fue concedido un término adicional de 10 días y fue apercibido que su incumplimiento podría conllevar la suspensión del ejercicio de la abogacía. El abogado compareció y mencionó brevemente las gestiones que estaba realizando para corregir su obra notarial.

El Tribunal concedió a la O.D.I.N. un término de 30 días para informar si el licenciado García Aguirre había cumplido con la Resolución del 8 de junio de 2001. La O.D.I.N. informó que transcurrió el término concedido sin que el notario notificara a la O.D.I.N. si, en efecto, pudo concluir las correcciones correspondientes o las gestiones realizadas para ello.

Page 117

El Tribunal concedió al notario un término final e improrrogable de 30 días, apercibiéndole que incumplir con las órdenes podría conllevar sanciones disciplinarias severas. En 2002 quedaban múltiples señalamientos por subsanar. El Tribunal concedió al notario un término de 30 días para reaccionar al Informe de la O.D.I.N. No compareció.

El 4 de noviembre de 2003, el Tribunal concedió al notario un término de 30 días para que mostrara causa por la cual no debía ser suspendido indefinidamente del ejercicio de la notaría. El notario sometió moción en la que detalló sus esfuerzos por lograr la corrección de su obra notarial.

El Director de la O.D.I.N. indicó que, durante los meses de marzo a septiembre de 2012, la Inspectora de Protocolos inspeccionó la obra notarial del abogado, correspondiente a los años 2002 a 2010, y encontró varias deficiencias, las cuales señaló en un primer informe.

La O.D.I.N...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR