In Re: Hilton J. García Aguirre, 2014 T.S.P.R. 41

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas116-118

Page 116

Ejercicio de la Notaría.

Hechos: El licenciado García Aguirre fue admitido al ejercicio de la abogacía y al de la notaría en 1985.

El 8 de marzo de 2001, la O.D.I.N. presentó su Informe de Estado de la Notaría, en el cual señaló múltiples deficiencias en la obra notarial del licenciado García Aguirre correspondiente a los años 1989 a 1997. El Informe sostuvo que la gama de deficiencias es amplia, a lo que se une, en demérito para el Notario, la resurgencia de estas y la desatención a los requerimientos del Tribunal Supremo. Algunas de estas deficiencias, como las relativas a la autorización de testamentos, acusan gravedad mayor en vista de sus serias consecuencias. La negligencia del Notario a ese respecto desdice por demás del cuidado y esmero que exige el ejercicio notarial.

El Tribunal concedió al notario un término de 20 días para mostrar causa por la cual no debía ser suspendido de la abogacía. No compareció. Le fue concedido un término adicional de 10 días y fue apercibido que su incumplimiento podría conllevar la suspensión del ejercicio de la abogacía. El abogado compareció y mencionó brevemente las gestiones que estaba realizando para corregir su obra notarial.

El Tribunal concedió a la O.D.I.N. un término...

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