In Re: Joel E. Reyes Martínez, 2016 T.S.P.R. 155

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas312-314

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Conducta Profesional. Canon 9 de Ética Profesional.

Hechos: El Lcdo. Joel E. Reyes Martínez fue admitido al ejercicio de la abogacía en 2009. El 13 de mayo de 2011, el Sr. Morgan Paz Cruz presentó una queja contra el licenciado Reyes Martínez. Sostuvo que contrató los servicios del

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abogado por $2,500 para que lo representara en un caso de violencia doméstica; que adelantó $500 de la suma acordada; que luego de cobrar ese dinero, el abogado no compareció a los procedimientos pautados, no realizó las gestiones encomendadas y le indicó que no tenía tiempo para atender su caso, ya que tenía otros asuntos más importantes. Paz Cruz alegó que hizo un plan de pago que no pudo cumplir por falta de trabajo, y que por ello el licenciado Reyes Martínez le manifestó que no le interesaba continuar como su representante legal.

El licenciado Reyes Martínez solicitó una prórroga para contestar. Se le concedió un término adicional. Tampoco cumplió. El 10 de enero de 2013, el Tribunal Supremo le concediéndole un término final y le advirtió que su incumplimiento podía conllevar sanciones disciplinarias severas, incluyendo la suspensión de la profesión.

En su contestación a la queja, el abogado aceptó que fue contratado por el señor Paz Cruz y que recibió un abono de $500 por los servicios. Indicó que en varias ocasiones intentó comunicarse con su representado sin éxito. Además, expresó que en ningún momento se negó a representarlo por el incumplimiento con el acuerdo de pago y tampoco desatendió sus obligaciones.

De acuerdo con el Informe de la Procuradora General, el licenciado Reyes Martínez no compareció a dos citaciones de vista preliminar de su representado. Pero, este alegó que informó al tribunal y que la razón para la incomparecencia se debió a un conflicto de calendario. La Procuradora General señala que del expediente criminal no surge gestión alguna de parte del abogado a favor de su cliente que no fuera la cancelación de las dos vistas preliminares y una solicitud de renuncia de representación legal, por lo que este estaba obligado a devolver el dinero adelantado de inmediato. A su vez, destaca que el licenciado Reyes Martínez está en la mejor disposición de devolver la cantidad que le fue adelantada, aunque no reconoce que cometió las faltas éticas. Ante ello, la Procuradora General recomendó el archivo de la queja, una vez el abogado acredite que devolvió el dinero recibido del señor Paz Cruz.

El 25 de septiembre de 2014, el...

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