In Re: José E. Toro López, 2016 T.S.P.R. 99

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas220-221

Page 220

Conducta Profesional. P.E.J.C.

Hechos: El Lcdo. José E. Toro López fue admitido al ejercicio de la abogacía en 1981 y al ejercicio de la notaría en 1982. El 21 de enero de 2015, la Directora Ejecutiva del P.E.J.C. -Hon. Geisa M. Marrero Martínez- presentó ante el Tribunal Supremo un Informe sobre incumplimiento con requisito de educación jurídica continua; detalló los pormenores relacionados con las gestiones realizadas para asegurar el cumplimiento del licenciado Toro López con los cursos de educación jurídica.

En el Informe señaló que en el 2009 y en el 2011, el P.E.J.C. había enviado al licenciado Toro López los avisos de incumplimiento correspondientes a ambos periodos. Se le apercibió al licenciado de las posibles consecuencias de su incumplimiento y, entre otras cosas, se le concedió un término de sesenta (60) días para tomar los cursos adeudados y se le apercibió que debía efectuar el pago por incumplimiento tardío...

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