Sentencia de Tribunal Apelativo de 24 de Enero de 2007, número de resolución KLRA200600805

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA200600805
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución24 de Enero de 2007

LEXTA20070124-03 Hernández González v. Adm. de Reglamentos y Permiso

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL de SAN JUAN

PANEL III

ALBERTO HERNÁNDEZ GONZALEZ JUNTA DE APELACIONES SOBRE CONSTRUCCIONES Y LOTIFICACIONES Recurrida v. ADMINISTRACIÓN DE REGLAMENTOS Y PERMISOS Recurrente KLRA200600805 REVISIÓN procedente de la Administración de Reglamentos y Permisos Caso Núm.: 2005-093-AU Denegatoria de servicios de agua y luz
REY E. TORRES ECHEVARRÍA JUNTA DE APELACIONES SOBRE CONSTRUCCIONES Y LOTIFICACIONES Recurrida v. ADMINISTRACIÓN DE REGLAMENTOS Y PERMISOS Recurrente KLRA200600765 REVISIÓN procedente de la Administración de Reglamentos y Permisos Caso Núm.: 2005-109-AU Permiso Servicios de agua y luz

Panel integrado por su presidenta, la Juez Bajandas Vélez, y los Jueces Aponte Hernández y Morales Rodríguez

Morales Rodríguez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 24 de enero de 2007.

Don Rey Torres Echevarría, sometió ante la Administración de Reglamentos y Permisos una solicitud de instalación de los servicios de agua y luz para una residencia ubicada en el Barrio Maní de Mayagüez. El 31 de agosto de 2005 la Administración de Reglamentos y Permisos denegó la solicitud bajo el siguiente fundamento:

La pertenencia objeto de esta solicitud ubica en un solar incluido dentro de los límites de una Zona Inundable 1, según el mapa de Zonas Susceptibles a Inundaciones, vigente para el Municipio de Mayagüez. Que se construyó vivienda en (primera, segunda) planta sin el correspondiente permiso de esta Oficina en violación a lo dispuesto en la Subsección

3.02 del Reglamento de Zonificación vigente.

Torres acudió a la Junta de Apelaciones Sobre Construcciones y Lotificaciones

y, celebrada la vista requerida, ésta halló probados los siguientes hechos:

La estructura objeto de apelación está ubicada en la calle Santa Clara E-14, Barrio Maní, sector Santa Rosa de Lima, Mayagüez, dentro de los límites de un distrito de zonificación R-0 y en una zona inundable tipo I. La misma es de una planta en madera y zinc, y la misma cuenta con permiso de uso para obtener los servicios de agua y luz a nombre de Freda Echevarría, madre del apelante, expedido el 7 de marzo de 2000, caso número 00AS3-00000-00650. Solicita el Sr. Torres a su nombre la autorización para instalación de agua y luz para dicha estructura. (...) Indica que cuando ARPE expidió la autorización de instalación a nombre de su señora madre, ésta no tenía el dinero ara obtener los servicios y transcurrió un año. Durante el 2005 fue nuevamente a solicitar la autorización de instalación ante la ARPE y se lo denegaron. Actualmente reside junto a su madre y su esposa. Necesita mudarse a la estructura en controversia porque su esposa está embarazada y pronto nacerá el bebé. La Lcda. Wanda Ortiz en representación de la ARPE indicó no tener objeción a que se le expida la autorización para instalación de los servicios de agua y luz, toda vez que ya dicha agencia había expedido esa autorización a nombre de Freda

Echevarría para la misma propiedad en controversia.

Sobre la base de estos hechos la Junta concluyó:

[E]ntendemos que no contraviene la política pública otorgar la autorización solicitada, toda vez que existe un Plan de Manejo de Emergencias en caso de inundación o fenómenos naturales que está dirigido a proteger la vida y la propiedad del sector. Por otro lado, la ARPE ya había expedido una autorización para dicha propiedad anteriormente. La mayoría de las propiedades del sector tienen esa autorización a pesar de estar localizadas en una Zona Inundable 1.

Don Alberto...

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