Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Enero de 2007, número de resolución KLAN0601326
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN0601326 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 31 de Enero de 2007 |
JOAQUIN RODRIGUEZ GARCIA, CARMEN BENITEZ DELGADO y la Sociedad Legal de gananciales compuesta por ellos Demandantes Apelantes v. ALFREDO VILLOLDO; MARIA VILLOLDO; PALMAS DEL MAR ARCHITECTURAL REVIEW BOARD, INC. (PdMARB); PALMAS DEL MAR HOME OWNER ASSOCIATION, INC. (PdMHOA); PALMAS DEL MAR PROPERTIES, INC. (PdMP) Demandados Apelados | KLAN0601326 | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao HSCI-2004-0621 (201) Daños y Perjuicios |
Panel integrado por su presidente Juez Ortiz Carrión, la Juez Feliciano
Acevedo y la Jueza Fraticelli
Torres
Ortiz Carrión, Juez Ponente
SENTENCIA
San Juan, Puerto Rico, a 31 de enero de 2007.
Joaquín Rodríguez García, Carmen Lourdes
Benítez Delgado y la sociedad de gananciales que ambos componen apelan una sentencia en la cual el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao, les desestimó sumariamente una demanda de daños y perjuicios en la cual alegaban el incumplimiento de los demandados con las servidumbres en equidad vigentes en el complejo residencial Palmas del Mar de Humacao.
En su recurso los apelantes plantean que el tribunal apelado erró al resolver el caso vía moción de desestimación a pesar de que, dando por ciertas las alegaciones de la demanda, los demandados han incurrido en violación de la servidumbre; al conceder al Architectural Review Board un grado de deferencia y un poder mayor que el que se ha reconocido a ARPE; y al no aceptar las admisiones contra interés de los funcionarios de las corporaciones codemandadas.
Antes de dilucidar estos señalamientos, hacemos un resumen del trámite procesal en que se suscita la controversia.
El 21 de junio de 2004, Joaquín Rodríguez García, Carmen Lourdes Benítez
Delgado y la sociedad de gananciales que ambos componen presentaron una demanda contra Andrés Villoldo y su esposa, Palmas del Mar Architectural Review Board, Inc.; Palmas del Mar Home Owners Association, Inc. y Palmas del Mar Properties, Inc. Posteriormente se presentó una demanda enmendada, el 2 de agosto de 2004.
En la demanda enmendada se alegó, en esencia, que los codemandados
Villoldo estaban construyendo una edificación en la calle Shell Castles números 13 y 14 de Palmas del Mar, y que la construcción de esa edificación está en violación a lo establecido por la escritura de servidumbres en equidad de Palmas del Mar, por tener una altura en exceso de la altura máxima permitida por tales servidumbres, además de perjudicar su derecho de luces y vistas. En particular, señalan que la construcción de la edificación viola lo establecido en la cláusula sexta de la escritura de servidumbres que establece:
The dwelling (which may be divided into pavilions connected by covered
or uncovered walkways) shall not exceed at
its highest point thirty six
(36) feet above finished floor elevation at the
lowest level of the dwelling
provided, however that no vertical plans of the dwelling
shall exceed twenty four (24) feet in height without a setback.
Alegan que la construcción de la edificación viola además, la cláusula cuarta de la escritura de servidumbre que establece que:
---FOUR.
Since the establishment of standard inflexible building setback
lines for location of houses
and lots tends to force
construction of houses both directly
behind and directly to the
side of other
homes with detrimental effects on privacy, view
of the sea, preservation of important trees, etcetera, no specific set back lines
are established by the covenants. In order...
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