Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Febrero de 2007, número de resolución KLAN0601365

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0601365
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2007

LEXTA20070228-49 González Colon v. Universidad de PR

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE UTUADO

Panel Especial

LUZ E. GONZÁLEZ COLÓN, MOISÉS GONZÁLEZ RUIZ, LUZ E. COLÓN SANTIAGO Demandantes-Apelantes v. UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO, COMPAÑÍA DE SE-GURO A, B Y C, JOHN DOE, RICHARD ROE, ÁN-GEL GONZÁLEZ ANDUJAR Demandados-Apelados KLAN0601365 APELACIÓN PROCEDENTE DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE UTUADO CIVIL NÚM.: LDP 2004-0067 SOBRE: DAÑOS Y PERJUICIOS

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cotto Vives, la Jueza Varona Méndez y el Juez Aponte Jiménez.

Cotto Vives, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de febrero de 2007.

La parte apelante, Luz E. González Colón y sus padres, el señor Moisés González Ruiz y la señora Luz E. Colón Santiago, nos solicitan que revoquemos una sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Utuado, el 26 de septiembre de 2006, que desestimó una demanda por daños y perjuicios presentada por los apelantes contra la Universidad de Puerto Rico.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se modifica el dictamen apelado y, así modificado, se confirma.

I

Según el récord ante nos, el 25 de noviembre de 2003 Luz E. González Colón fue atacada sexualmente por el señor Ángel González Andújar

en uno de los baños del Recinto de Utuado de la Universidad de Puerto Rico. El señor González Andújar

había comenzado a trabajar para la parte apelada desde el 1 de abril de 1981 y fue nombrado supervisor de conserjes el 1 de noviembre de 2001, puesto que ocupaba al momento de la ocurrencia de los hechos que hemos mencionado.

Como secuela de lo anterior, la señora González Colón presentó una queja ante la Procuradora Estudiantil, por lo cual el 30 de marzo de 2004 el Rector del referido recinto, señor César Cordero Montalvo, presentó cargos disciplinarios contra el señor González Andújar. Luego de los trámites de rigor, el 7 de junio de 2005 el señor Cordero Montalvo destituyó al apelado de su puesto como supervisor de conserjes.

De forma simultánea con el proceso administrativo antes descrito, contra el apelado se presentó tanto un proceso criminal, como uno civil. En el caso penal, el 24 de febrero de 2004 se presentaron acusaciones por los delitos de restricción a la libertad y actos lascivos, Arts. 131 y 105 del Código Penal de 1974, respectivamente, 33 L.P.R.A.

secs. 4172 y 4067. El acusado hizo alegación de culpabilidad y el 12 de agosto de 2005 el Tribunal de Primera Instancia lo sentenció a seis meses en probatoria por los delitos de agresión agravada menos grave y restricción a la libertad agravada menos grave.

En cuanto al proceso civil, la señorita González Colón y sus padres presentaron una demanda por daños y perjuicios contra la Universidad de Puerto Rico, sus aseguradoras y el señor González Jiménez. En ésta adujeron que la Universidad había faltado a su deber de proteger la integridad física y emocional de los estudiantes del recinto de Utuado

para evitar que éstos fueran atacados sexualmente.

La Universidad de Puerto Rico contestó la demanda y el 16 de agosto de 2006 le solicitó al foro a quo que dictara sentencia sumaria desestimando la demanda en su contra. Señaló que la...

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