Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Marzo de 2007, número de resolución KLAN20070068

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN20070068
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución15 de Marzo de 2007

LEXTA20070315-09 Fernández Meléndez v. Claudio

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE CAGUAS

AIDA FERNÁNDEZ MELÉNDEZ, ET ALS DEMANDANTES-APELANTES V. CARMEN CLAUDIO Y LA SUCESIÓN DE EUGENIO ESTADA MURILLO DEMANDADOS-DEMANDANTES CONTRA TERCEROS
VS
SANTOS MORALES ORTIZ Y SUCESIÓN MORALES ORTIZ TERCEROS DEMANDADOS Y DEMANDANTES CONTRA TERCEROS
V.
SUCESIÓN DE JUAN N. FIGUEROA FIGUEROA
V.
SUCESIÓN DE CARMEN RAMOS TERCERA DEMANDADA Y DEMANDANTE
V.
LCDO. FERDINAND VARGAS VAZQUEZ TERCERDO DEMANDADO APELADOS
KLAN20070068 APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de CAGUAS Caso Núm: EAC1999-0153 (402) Sobre: ACCION CIVIL

Panel integrado por su presidenta la juez Pesante Martínez, el juez Escribano Medina y la juez Hernández Torres

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico a 15 de marzo de 2007.

Comparecen ante nos, Aida Fernández Meléndez, Aida Luz Rodríguez Fernández y Teddy

Rodríguez Fernández, en adelante los apelantes, solicitando la revisión de una resolución dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas (Hon. José M. Fernández Luis, Juez Superior), emitida el 11 de diciembre de 2006, archivada en autos copia de su notificación el 13 de diciembre de 2006 en el caso Aida Fernández Meléndez, et al v. Sucesión de Eugenio Estrada Murillo, et al, caso núm. EAC 1999-0153.

I

El día 13 de abril de 1999, los aquí apelantes radicaron demanda de acción reivindicatoria y daños y perjuicios. Luego de varios trámites procesales, los apelantes radicaron moción de sentencia sumaria parcial. El Tribunal de Primera Instancia emitió resolución resolviendo dicha sentencia sumaria el 11 de diciembre de 2006 y la fecha del archivo en autos de la copia de la notificación de dicha resolución fue del día 13 de diciembre de 2006. Estando inconforme, la parte apelante radicó moción de reconsideración

al Tribunal de Primera Instancia.

No habiendo recibido contestación de dicha reconsideración, los apelantes radicaron escrito de apelación ante este Tribunal. La fecha de radicación del recurso ante nos, según el sello que aparece en el escrito de apelación, fue el día 16 de enero de 2007.

Habiéndose recibido el recurso de apelación, resolvemos.

II

La Regla 13 del Tribunal de Apelaciones, dice:

Las apelaciones contra sentencias dictadas en casos civiles por el Tribunal de Primera Instancia, se presentarán dentro del término...

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