Sentencia de Tribunal Apelativo de 16 de Marzo de 2007, número de resolución KLAN200601619
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN200601619 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 16 de Marzo de 2007 |
LEXTA20070316-20 Lorenzo Lorenzo v. Rivera Tirado
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
ANDRÉS LORENZO LORENZO Apelante V. ARMANDO RIVERA TIRADO, MARÍA M. MORET JAVIER Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS | KLAN200601619 | APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla CASO NÚM. ABCI2004-00349 SOBRE: COBRO DE DINERO, EJECUCIÓN DE HIPOTECA VIA ORDINARIA |
Panel integrado por su presidente, el Juez Rodríguez Muñíz, el Juez Soler Aquino y el Juez Cordero Vázquez.
Soler Aquino, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 16 de marzo de 2007.
Comparece el Sr. Andrés Lorenzo Lorenzo
y nos solicita que revoquemos la Sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla (en adelante, TPI), el 11 de septiembre de 2006, notificada el 18 de ese mes y año, en el caso Civil Núm. ABCI200400349, sobre: ejecución de hipoteca y cobro de dinero. En ésta el TPI desestimó con perjuicio la demanda de epígrafe, por no haberse diligenciado los emplazamientos dentro del término reglamentario.
-I-
El 12 de abril de 2004, el Sr. Andrés Lorenzo Lorenzo (en adelante, señor Lorenzo) presentó una Demanda sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca por la vía ordinaria, contra el Sr. Armando Rivera Tirado, su esposa, la señora María Moret
Javier, y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos (en adelante todos, apelados). En ésta alegó que el señor Rivera constituyó hipoteca sobre un apartamento de su propiedad en Aguada, para garantizar el pago de un pagaré al portador por la suma de $30,000 más intereses al 9¾% anual; $2,925 en intereses por mora, atrasos o prórroga; $2,925 por contribuciones y prima de seguros, y; $3,000 para gastos, costas y honorarios de abogados. Asimismo, el señor Lorenzo alegó ser el tenedor de buena fe de dicho pagaré hipotecario y que el señor Rivera se atrasó en el pago de la deuda, por lo que declaró la totalidad de la deuda vencida y reclamó la suma de $30,000 en principal y $3,000 para costas y gastos de honorarios de abogado.
Luego de un largo trámite procesal, el 7 de marzo de 2006, los apelados presentaron ante el TPI una moción titulada Comparecencia Especial Sin Someterse A La Jurisdicción Y Solicitud De Desestimación. En ella informó al TPI que, aunque emitidos los correspondientes emplazamientos desde el 12 de abril de 2004, de los autos del caso no surgía que éstos hubiesen sido diligenciados. En consecuencia, solicitó se ordenara la desestimación de la demanda por...
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