Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Marzo de 2007, número de resolución KLRA070004

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA070004
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución26 de Marzo de 2007

LEXTA20070326-24 Román Rodríguez v. Group Four,Inc.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL ARECIBO

DAMARIS ROMÁN RODRÍGUEZ Y SU ESPOSO HUMBERTO GARCÍA MÉNDEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES POR ELLOS CONSTITUIDA Querellantes-Recurridos v. GROUP FOUR, INC. Querellado-Recurrente KLRA070004 REVISIÓN ADMINISTRATIVA PROCEDENTE DEL DEPARTAMENTO DE ASUNTOS DEL CONSUMIDOR Querella Núm. 20000-10358 SOBRE: DEFECTOS DE CONSTRUCCIÓN

Panel integrado por su presidente, el Juez Martínez Torres, la Jueza

Cotto Vives y el Juez Miranda De Hostos.

Cotto Vives, Jueza

Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 26 de marzo de 2007.

Group Four, Inc. comparece ante nos y nos solicita que revoquemos una sentencia emitida por el Departamento de Asuntos del Consumidor, el 10 de octubre de 2006. En la referida sentencia, la agencia recurrida ordenó a la querellada-recurrente compensarle a la querellante-recurrida la suma de $4,175, equivalente al costo de reparación de los defectos de construcción existentes en la propiedad de estos últimos.

Por los fundamentos que pasamos a presentar, confirmamos la sentencia apelada.

I

Según surgen del récord antes nos, los hechos son los siguientes. El 5 de octubre de 2005, la señora Damaris Román Rodríguez y su esposo Humberto

García Méndez y la sociedad legal de bienes gananciales por ellos constituida, presentaron una querella contra Group Four, Inc. ante el Departamento de Asuntos del Consumidor (D.A.Co.) por alegados defectos de construcción en su propiedad. Alegaron que: (1) desde antes de la formalización del contrato de compraventa le notificó a la querellada que la vivienda tenía múltiples defectos de construcción visibles; (2) la querellada

ha corregido parte de los defectos, pero aún quedan pendientes otros defectos por corregir, a saber, manchas de humedad en distintas áreas del techo y en la pared de uno de los cuartos, el cual ha provocado desprendimientos de pintura; y la aplicación de una segunda mano de pintura en todo el exterior de la casa. Finalmente, solicitó que la compañía querellada

le corrigiera los defectos señalados en la querella.

El 14 de marzo de 2006, el D.A.Co. citó a las partes a una inspección ocular a celebrarse el 18 de abril de 2006. Finalmente, la inspección de la propiedad se efectuó el 20 de junio de 2006. A la inspección compareció la señora Román Rodríguez, por la parte querellante-recurrida. Group Four no...

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