Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Marzo de 2007, número de resolución KLRA070160
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA070160 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 27 de Marzo de 2007 |
OLGA NAZARIO COLON Querellante-Recurrida v. EUROCLASS MOTORS, INC. (erróneamente denominado como EUROCLASS DEL SUR, INC.), INTERAMERICANA TRANSPORT INDUSTRIES; POPULAR AUTO Querelladas EUROCLASS MOTORS, INC. Querellada-Recurrente | KLRA070160 | Recurso Procedente Del Departamento De Asuntos del Consumidor DACO QUERELLA NUM. 600006318 SOBRE: Vehículos de Motor |
Panel integrado por su presidente el Juez González Vargas, la Juez Feliciano Acevedo y la Juez Carlos Cabrera.
Feliciano
Acevedo, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico a 27 de marzo de 2007.
Mediante recurso de Revisión Administrativa, presentado el 23 de febrero de 2007, comparece Euroclass Motors, Inc. (en adelante, parte querellada-
recurrente). Nos solicita la revisión de la Resolución emitida y notificada el 29 y 30 de enero de 2007, respectivamente, por el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo). En la Resolución recurrida, el DACo decretó el cierre y archivo, sin perjuicio, de la querella que dio inicio al trámite administrativo entre las partes de epígrafe.
Por los fundamentos que exponemos a continuación, resolvemos MODIFICAR la Resolución recurrida, así modificada se confirma.
Según surge de los autos, el 10 de marzo de 2004, la Sra. Olga
Nazario Colón (en adelante, parte querellante-recurrida), presentó una
querella ante el DACo en contra de la parte querellada-recurrente, por defectos recurrentes en la transmisión, desperfectos en el sistema eléctrico y la rotura del cristal delantero inferior del vehículo de motor marca Volkswagen, modelo Beetle del año 2002, que adquirió mediante contrato de compraventa a plazos en el concesionario de la parte recurrente.1
Al cabo de varios trámites procesales, que incluyeron la celebración de una vista administrativa, las partes llegaron a un acuerdo para transar la reclamación de la parte querellante-recurrida. El acuerdo fue acogido por el DACo mediante Resolución emitida y notificada el 29 de septiembre de 2005. En lo pertinente, el acuerdo consistió en lo siguiente:
1 El vehículo será llevado a los talleres del co-querellado Euroclass en San Juan por personal de esta empresa en o antes del de 3 de octubre de 2005 y se llevará transitándolo (sic). Allí se le cambiará el cristal delantero y se le instalará una transmisión nueva entiéndase...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba