Sentencia de Tribunal Apelativo de 25 de Abril de 2007, número de resolución KLAN0601588
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN0601588 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 25 de Abril de 2007 |
LEXTA20070425-11 Bauza
Villamides v. Bauza Villamides
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
EDNA BAUZA VILLAMIDES Y FRANCES DEL CARMEN ALVARADO Demandante-Apelante v. ILIA BAUZA VILLAMIDES Demandada-Apelada | KLAN0601588 | Apelación Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce CIVIL NUM. JAC2005-0579 SOBRE: Derecho Sucesoral Y Procedimiento Civil |
Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, la Juez Feliciano Acevedo y la Juez Carlos Cabrera.
Feliciano
Acevedo, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 25 de abril de 2007.
La señora Edna Bauzá Villamides y la señora Frances
del Carmen Alvarado Bauzá
(en adelante la parte recurrente) nos solicitan dejemos sin efecto la Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia de Ponce (TPI), el 17 de octubre de 2006 y notificada a las partes el 8 de noviembre siguiente. Mediante la referida Resolución, el TPI desestima la causa de acción sobre impugnación de testamento de la parte recurrente y dejó pendiente adjudicar la controversia sobre prescripción adquisitiva o usucapión. En vista de que no es una sentencia final y al amparo del artículo 4.006 de la Ley de la Judicatura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Ley Núm. 201 del año 2003, acogemos el presente recurso como un Certiorari.
La parte peticionaria alega que el TPI erró al desestimar, sin celebración de vista alguna, su causa de acción sobre impugnación de testamento incoada contra la señora Ilia Bauzá Villamides (en adelante la parte recurrida).
Por los fundamentos que exponemos a continuación, luego de haber evaluado el recurso y el derecho aplicable, acordamos no expedir el auto solicitado.
El 28 de junio de 2005, la parte peticionaria instó demanda sobre usucapión
e impugnación de testamento contra la parte recurrida. El testamento en controversia fue otorgado por la señorita Hilda Bauzá Villamides (q.e.p.d.) el 18 de julio de 2002, ante el notario Roberto Colón Vargés, mediante la escritura pública número 101.
La parte peticionaria alega que la señorita Hilda Bauzá había otorgado un testamento abierto el 4 de mayo de 1993 ante el Notario José R. Goyco Amador. Por virtud de este testamento la señora Edna Bauzá Villamides y Frances del Carmen Alvarado Bauzá figuraban como únicas beneficiarias de un inmueble propiedad de la causante. El referido inmueble radica en la Urb. San Antonio, Calle...
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