Sentencia de Tribunal Apelativo de 25 de Abril de 2007, número de resolución KLCE200700355

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE200700355
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución25 de Abril de 2007

LEXTA20070425-13 Quiles Rivera v. Aponte Ortíz

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE AIBONITO

PANEL VIII

MODESTO QUILES RIVERA, ANA MIGDALIA COLÓN ZAYAS Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES Recurridos v. BONIFACIO APONTE ORTIZ, GLADYS BURGOS COLÓN, LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS, ESTADO LIBRE ASO-CIADO DE PUERTO RICO E ING. LUIS A. VÉLEZ ROCHÉ, ADMINIS-TRADOR DE LA ADMINISTRACIÓN DE REGLAMENTOS Y PERMISOS (ARPE) Peticionarios KLCE200700355 A P E L A C I Ó N procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Comerío Se acoge como Certiorari SOBRE: DAÑOS Y PERJUICIOS Caso Núm. B3CI200500847

Panel integrado por su presidente, el Juez Martínez Torres, la Jueza Cotto Vives y el Juez Miranda De Hostos

Miranda De Hostos, J.

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 25 de abril de 2007.

El peticionario Bonifacio Aponte Ortiz

et als., acude ante nos de una resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Comerío, que desestimó con perjuicio la reconvención que éste presentara contra los recurridos Modesto Quiles

Rivera et als., por no haberles emplazado conforme a derecho.

Alega en síntesis el peticionario que el foro de instancia incidió al declarar con lugar el interdicto posesorio y al desestimar su reconvención, por razón de no haber diligenciado el emplazamiento personalmente a los demandantes, conforme a derecho.

Se acoge el presente recurso como certiorari por acudirse de una resolución interlocutoria y vencido en exceso el plazo concedido a los recurridos para presentar su oposición, se expide el auto y se revoca el dictamen emitido por el foro de instancia. Veamos los fundamentos de derecho.

I

Los hechos del presente recurso tuvieron sus inicios el 30 de diciembre de 2005, cuando los recurridos Modesto Quiles Rivera et als., presentaron demanda en daños y perjuicios contra el peticionario Bonifacio

Aponte Ortiz et als. El 21 de marzo de 2006, el peticionario presentó

“Contestación a Demanda, Defensas Afirmativas, Reconvención y Solicitud [...]”. (Ap. 3.)

Ante la negativa de los recurridos en contestar la reconvención instada en su contra, el peticionario procedió a presentar moción urgente, solicitando anotación de rebeldía en la reconvención, entre otros remedios. Sostuvo en síntesis que los recurridos no habían contestado la reconvención ni habían solicitado prórroga para contestar, por lo que procedía la...

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