Sentencia de Tribunal Apelativo de 25 de Abril de 2007, número de resolución KLCE200700091

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE200700091
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución25 de Abril de 2007

LEXTA20070425-24 Otaño Casanova v. Telecomunicaciones de PR

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL de SAN JUAN

PANEL III

RAFAEL OTAÑO CASANOVA Demandante-Peticionario v. TELECOMUNICACIONES de PUERTO RICO, INC. (TELPRI); PUERTO RICO TELEPHONE COMPANY, INC. (PRT); PRT LARGA DISTANCIA, INC. (PRLTD); COQUI.NET CORPORATION; CENTENNIAL de PUERTO RICO OPERATIONS CORP. Demandados-Recurridos KLCE200700091 CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Civil Núm. K PE2006-5022 (904) Injunction, Preliminar y Permanente; Sentencia Declaratoria; Interferencia contractual Torticera y Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidenta, la Juez Bajandas Vélez, y los Jueces Aponte Hernández y Morales Rodríguez

Morales Rodríguez, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 25 de abril de 2007.

Don Rafael Otaño Casanova completó y firmó el 14 de julio de 2005 una solicitud de empleo de la Puerto Rico Telephone, Co., para el puesto de Contralor. El 18 de julio de 2005 la Puerto Rico Telephone

le extendió una oferta de empleo. Don Rafael la aceptó. El 22 de agosto de 2005 fue citado para firmar un Acuerdo de Confidencialidad y No Competencia. Don Rafael afirma que, antes de esa fecha, comenzó a laborar con la Puerto Rico Telephone. Fue, según él, el 19 de agosto de 2005 cuando asistió a una reunión en el lugar del trabajo. La Puerto Rico Telephone

afirma que él comenzó a trabajar el día que firmó el acuerdo de confidencialidad junto a otros documentos de su contrato. Varios meses después, don Rafael presentó su renuncia. El 2 de noviembre de 2006 firmó una oferta y contrato de empleo con Centennial de Puerto Rico. La Puerto Rico Telephone

le envió una carta a Centennial:

We have learned that Mr. Rafael Otaño has accepted a job offer with your company as Vice-President of Finance. Mr. Otaño worked for us as Comptroller from August 2005 until today. As part of his employment agreement with us, Mr. Otaño signed a Confidentiality and Non-Compete Agreement. As per this agreement, Mr. Otaño

is obligated to abstain from working for our competitors for a period of one (1) year. Furthermore, Mr. Otaño also agreed not to divulge any confidential information pertaining to us.

We hereby inform you of Mr. Otaños Confidentiality and Non-Compete Agreement and advise your company not to interfere with said agreement. If we learn of any such interference...

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