Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Abril de 2007, número de resolución KLRA0700216

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA0700216
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución26 de Abril de 2007

LEXTA20070426-18 Leonor Veras v. Euro Wheels Auto Corp.,ET ALS

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL VI

JOSÉ LEONOR VERAS Recurrente v. EURO WHEELS AUTO CORP., ET ALS Recurridos KLRA0700216 Revisión administrativa procedente del Departamento de Asuntos del Consumidor-Oficina Regional de Bayamón Vicios Ocultos Querella #300013528

Panel integrado por su Presidente, el Juez Rivera Román, la Jueza Coll Martí y el Juez Vizcarrondo Irizarry.

Coll Martí, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 26 de abril de 2007.

Comparece ante este Foro el recurrente José Leonor Veras mediante Revisión Administrativa y nos solicita que revisemos una Orden de naturaleza interlocutoria emitida por el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) el 12 de febrero de 2007, notificada el 13 de febrero del mismo año. Mediante la referida orden, el DACO declaró no ha lugar una Moción Urgente Solicitando Auxilio del Honorable Departamento presentada por el recurrente.

Por los fundamentos presentados expresados a continuación, desestimamos el recurso por falta de jurisdicción.

I

Ante lo que consideró eran unos vicios y defectos ocultos relacionados a la compraventa de un automóvil, el recurrente presentó una Querella ante el DACO el 22 de diciembre de 2005 contra EuroWheels

Auto Corp., AutoGermana BMW, y otros. En la misma, el recurrente alegó que “[a]dquirió un vehículo bajo la creencia de que el mismo era nuevo y sin problemas mecánicos previos, no había tenido dueños anteriores y/o no había sido usado pero posteriormente se entera que dicho vehículo había sido vendido previamente o utilizado por otra persona el cual había tenido problemas mecánicos anteriores lo que constituye un dolo en el contrato de compraventa”. Véase, Querella, folio 7, en Apéndice de autos. El auto en cuestión era un BMW modelo 745i del año 2002 adquirido por el recurrente por $113,373.50. Posteriormente, el recurrente presentó una Querella Enmendada.

Trabada la controversia, el recurrente presentó una Moción Urgente Solicitando Auxilio del Honorable Departamento. En la misma, el recurrente solicitó que el DACO obligara al Departamento de Transportación y Obras Públicas a someter el historial registral del vehículo y copia certificada de cada uno de los documentos que obran en el expediente. Adujo, además, que tales documentos fueron solicitados a EuroWheels- mediante Interrogatorio, Requerimiento de Admisiones y Solicitud de Producción de Automóviles- y LOS mismos no fueron remitidos al recurrente. Predicado en ello, el DACO emitió una Orden en la cual declaró no ha lugar la referida moción y citó a las partes a una vista administrativa. El DACO precisó en la orden que carece de facultad en ley para emitir remedios, órdenes, resoluciones y otros contra una agencia o instrumentalidad del Gobierno de Puerto Rico o...

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