Sentencia de Tribunal Apelativo de 25 de Mayo de 2007, número de resolución KLRA200700329

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA200700329
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución25 de Mayo de 2007

LEXTA20070525-28 Cruz Olivo v. Adm. de Corrección

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VII

RICARDO CRUZ OLIVO Recurrente
V
ADMINISTRACIÓN DE CORRECCIÓN Recurridos
KLRA200700329
Revisión Administrativa procedente de la Administración de Corrección Querella Núm. 2006-07-0070

Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Martínez, el Juez Colón Birriel, y la Juez Jiménez Velázquez

Colón Birriel, Juez

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 25 de mayo de 2007.

-I-

Ricardo Cruz Olivo (el “señor Cruz Olivo”) se encuentra extinguiendo sentencia en el Campamento El Zarzal, en el municipio de Río Grande, bajo la custodia de la Administración de Corrección. Solicita, pro se, revoquemos la determinación de la Oficial de Reconsideración de la Administración de Corrección, negándose acoger su solicitud de reconsideración

en su proceso disciplinario por arrojar positivo a sustancias controladas, llevado a cabo a virtud del Reglamento 6994, promulgado el 29 de junio de 2005. Mediante el dictamen se confirmó la determinación tomada en la vista

disciplinaria celebrada el 15 de febrero de 2007, ante el Oficial Examinador de Vistas Disciplinarias.

Resolvemos con el beneficio de la comparecencia del señor Cruz Olivo, y la reglamentación aplicable.

-II-

Según se desprende del escrito, el señor Cruz Olivo se encontraba asignado al Campamento El Zarzal, en el municipio de Río Grande, bajo la custodia de la Administración de Corrección. El 17 de enero de 2007, se le realizó una prueba de dopaje a la población penal en la cual el señor Cruz Olivo arrojó un resultado positivo a sustancias controladas.

Posteriormente, luego de los procedimientos establecidos en el Reglamento 6994, el 15 de febrero de 2007, se llevó a cabo la correspondiente vista disciplinaria. En esa ocasión, 15 de febrero, la Oficial Examinadora de Vistas Disciplinarias concluyó que el señor Cruz Olivo incurrió en el acto prohibido de Nivel I de Severidad, emitiendo la correspondiente Resolución. Surge del Informe de Querella de Incidente Disciplinario que acompañó el señor Cruz Olivo con su escrito, que éste se negó a firmar y a recibir copia de la determinación.

Insatisfecho con la determinación, el 20 de marzo de 2007, el señor Cruz Olivo presentó su escrito de reconsideración, el que no acompañó con su recurso.

Así las cosas, el 21 de marzo de 2007, la Oficial de...

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