Sentencia de Tribunal Apelativo de 6 de Junio de 2007, número de resolución KLCE20070674

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE20070674
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2007

LEXTA20070606-03 Pueblo de P.R. v. Galarza Burgos

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE

PANEL X

EL PUEBLO DE PUERTO RICO
Peticionario
v.
DANNY GALARZA BURGOS
Acusado-Recurrido
KLCE20070674
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce

Panel integrado por su presidente el Juez González Vargas, la Juez Feliciano Acevedo y la Juez Carlos Cabrera.

González Vargas, Troadio, Juez Ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 6 de junio de 2007

La Oficina del Procurador General de Puerto Rico presentó el recurso de certiorari que nos ocupa y solicita la revocación de la Resolución dictada en corte abierta por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce (“TPI”), el 9 de abril de 2007 y recogida en Minuta al día siguiente. Mediante la referida Resolución el TPI acogió la solicitud de supresión de evidencia presentada por el acusado, señor Danny

Garlaza Burgos.

Examinadas las alegaciones de las partes, así como el derecho aplicable, revocamos el dictamen recurrido.

I.

Los hechos relevantes, según se desprenden de las alegaciones de las partes, se resumen a continuación. El 9 de febrero de 2006, el Agente José Vega Feliciano comenzó una vigilancia a la residencia K-11 de la Calle G de Mont Blanc Housing de Yauco, conforme lo ordenado por el Sargento Justiniano Mercado. El propósito de la vigilancia fue verificar si para ese día se habría de efectuar transacciones de drogas en esa propiedad. El Agente Vega Feliciano llegó al lugar en un vehículo no rotulado y se ubicó en un punto estratégico desde el cual podía observar la referida residencia. Para realizar su vigilancia, el agente utilizó unos binoculares.

Aproximadamente a las 4:00 de la tarde, el agente Vega Feliciano

observó a un vehículo marca Pathfinder color blanco con número de tablilla CXW-439, arribar al lugar. El conductor que manejaba dicho vehículo, se estacionó frente al área de la cancha y se desmontó. Según la descripción brindada por el agente, el conductor del automóvil era un joven trigueño, delgado, de pelo negro que vestía un pantalón negro largo y camisa color verde. El conductor caminó hacia el frente de la residencia vigilada donde lo atendió una señora trigueña, gruesa, bajita, que vestía pantalón corto azul y “t-shirt” blanca. Ambos comenzaron a hablar y el conductor le hizo entrega de un dinero en efectivo que ella depositó en una cartera negra. Luego salió de la residencia un joven delgado, de tez blanca y de pelo negro abultado que vestía pantalón corto blanco y azul y “t-shirt” blanca. Éste habló con la señora antes descrita y entró a la residencia vigilada, por lo que el Agente Vega Feliciano lo perdió de vista por un tiempo. Cuando el joven regresó le entregó a la señora una bolsa plástica transparente de tonalidad azul, que, según el agente, su contenido aparentaba ser picadura de marihuana. Acto seguido, se le entregó el sobre al conductor quien regresó a su vehículo Pathfinder y se marchó del lugar. Inmediatamente el Agente Vega Feliciano transmitió por radio lo que había observado.

Aproximadamente a las 4:15 p.m., el agente oyó cuando el Sargento Justiniano indicó por radio que “copió” lo informado por éste. El Agente Wilfredo Ramos Guzmán también informó por radio que era positivo. Cerca de las 5:00 p.m. el Agente Vega Feliciano

observó que unas patrullas y unidades de la División de Drogas llegaron al lugar. Les indicó vía radio que pusieran bajo arresto a la señora que vestía camisa blanca y pantalón azul, pelo claro, gordita

y al joven de pelo abultado que vestía camisa blanca y pantalón blanco, ya que éstos según su juicio habían vendido drogas. Acto seguido, se retiró del lugar.

Coetáneo a los hechos anteriormente relatados, a las 4:20 p.m. el Agente Ramos Guzmán intervino con el vehículo Pathfinder en el semáforo de la Carr.

368 intersección Carr. 128 de Yauco

que viajaba en dirección este desde el oeste. El Agente Ramos Guzmán le indicó al conductor que se desmontara del vehículo y lo puso bajo arresto por los motivos fundados transferidos. El agente le hizo las advertencias de ley y le realizó un registro por la seguridad de ambos. Durante el registro, el agente ocupó dos (2) bolsitas plásticas transparentes de tonalidad azul del bolsillo de la camisa. Según la experiencia del agente, los sobres contenían picadura de marihuana. Igualmente, ocupó un cigarro de marihuana en el bolsillo delantero del lado derecho del pantalón. Procedió, entonces, a llevar al conductor detenido a la División de Drogas de Yauco para que le tomaran los datos generales.

El Agente Joseph Rodríguez Mercado realizó la prueba de campo en presencia del imputado y la misma arrojó un resultado positivo a marihuana. Se depositó la evidencia en el sobre #241993 y se selló el mismo iniciado por ambos.

Por los hechos anteriormente relatados, ese mismo día se presentó una denuncia por infracción al Artículo 404 de la Ley de Sustancias Controladas, 24 LPRA § 2404, contra el conductor detenido, señor Galarza

Burgos. 1 El acusado renunció a la celebración de la vista preliminar y se allanó a la determinación de causa para la...

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