Sentencia de Tribunal Apelativo de 19 de Junio de 2007, número de resolución KLAN060168

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN060168
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución19 de Junio de 2007

LEXTA20070619-05 Pueblo de P.R. v. Quiñonez Rivera

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE ARECIBO Y UTUADO

EL PUEBLO DE PUERTO RICO Apelado v. ROBERTO QUIÑONES RIVERA Apelante
KLAN060168
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Arecibo Sobre: Art. 4.01 de Ley de Sustancias Controladas Crim. Núm.: CSC2004G4516

Panel integrado por su preSídente, Juez Arbona Lago, el Juez Miranda de Hostos y la Jueza Pabón Charneco.

Pabón Charneco, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 19 de junio de 2007.

Comparece ante nos, Roberto Quiñones Rivera, en adelante, el apelante, solicitando la revocación de una Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Arecibo, en el procedimiento criminal instado en su contra. Mediante dicho dictamen, el tribunal a quo emitió fallo de culpabilidad contra el apelante por el delito imputado.

Por las razones que expondremos a continuación se revoca la Sentencia apelada.

I

Conforme surge del recurso ante nuestra consideración, el 26 de octubre de 2005, el apelante fue encontrado culpable, por tribunal de derecho, por una infracción al Art. 4.01 de la Ley Núm. 4 de 23 de junio de 1974, según enmendada, conocida como “Ley de Sustancias Controladas de Puerto Rico”, 24 L.P.R.A. sec. 2401. El 17 de enero de 2006, se celebró el Acto de Pronunciamiento de Sentencia, siendo condenado el apelante a diez (10) años de reclusión, sin costas, consecutivos a cualquier otra pena que estuviese cumpliendo.

A su vez, se ordenó la cancelación de su licencia de conducir y de portar armas por cinco (5) años.

Surge de la Transcripción de la Vista que el primer testigo sentado a declarar, Julio Felix Santos, Inspector de Aduana1, testificó que como Inspector de Aduana su función principal es guardar o proteger las fronteras de Estados Unidos. El día de los hechos se movilizó al aeropuerto de Aguadilla.2

Declaró:

“Sr.

Julio Félix Santos: Ese día…los días que no hay ferry en Mayagüez, nosotros nos movilizamos al aeropuerto en Aguadilla.

Hay una operación de Fed Ex. Hay y hay vuelos privados y hay cargas también que a veces nosotros tenemos que inspeccionar. Ese día, yo estaba en Aguadilla.

…

Fiscal Villanueva: Lo que usted hizo.

Sr.

Julio Félix Santos: Se seleccionó una caja que venía proveniente de los Estados Unidos como parte de la operación que tenemos allá en Aguadilla.

…

Fiscal Villanueva: ¿Quién seleccionó la caja?

Sr.

Julio Félix Santos: Yo al azar.

Fiscal Villanueva: Por qué usted escogió esa caja en específico?

Sr.

Julio Félix Santos: No hay razón. Se escogen al azar, se lee..en la parte de afuera hay un papel que dice lo que contiene o lo que supu…o lo que se supone que haya dentro de la caja.

Fiscal Villanueva: ¿Cómo se llama ese documento?

Sr.

Julio Félix Santos: Eso es un airway mail. Eso es lo que usa Fed Ex para apuntar la persona que envía, la persona que recibe, hay un cuadrito en el lado que en una esquina que dice lo que hay adentro. Nosotros leemos según las cajas van pasando, nosotros leemos lo que dice ahí. Y, pues si queremos seleccionar y verificar esa mercancía lo cual estamos autorizados a hacer, seleccionamos la caja, en ese caso seleccioné esta caja que decía juego de sierra eléctrica y taladro.”3

El testigo declaró que una vez seleccionó la caja abrió la misma encontrando adentro otra caja de cartón señalando el contenido. Identificó la caja en una fotografía que se le mostró y que él tomó.4 Declaró que al abrir la caja y quitarle un forro plástico había un estuche gris, con una cinta que él cortó.5 Testificó:

“Sr.

Julio Félix Santos: Al intentar abrirlo, logré abrirla par de pulgadas, quizás dos o tres pulgadas, y cuando miré hacia el interior de la caja observé, pues, plástico (UI) y foam. Ahí cerré la…bueno, y también emanaba un fuerte olor a…

Fiscal Villanueva: ¿A qué?

Sr.

Julio Félix Santos: A un químico, pimienta o quizás algo agudo, bien agudo y químico. Ahí cierro la caja y se la llevo a la oficina de nosotros, donde se saca la foto como encontré la caja, se abre la caja, se saca la foto de lo que encontré después porque la inspección eh, preliminar, se puede decir, lo hice en las instalaciones de Fed Ex.”6

El testigo atestó que llamó al supervisor y agente de turno. Posteriormente cogió una cuchilla e hizo un boquete y sacó un poquito de la picadura verde, la echó en una ampolleta que tienen e hizo una prueba de campo en cada paquete. Dicha prueba dio positivo a marihuana. Declaró que el resultado de la prueba lo plasmó en la narrativa del caso, donde se estipula la prueba de campo utilizada y sus resultados.7 Declaró que llamó al agente de aduanas de turno informándole que la prueba de campo había dado positivo y comenzó hacer el informe. Testificó que llegó el agente de turno y se consultó con la fiscalía federal, decidiendo ésta última no intervenir. Informó que le entregaron el paquete al agente Nieves de la Unidad de Drogas de Aguadilla. Empacó la caja, le pusieron tape y se la entregaron. Declaró que se entregaron 15.9 kilos de marihuana, aproximadamente 35 lbs.8

En el contrainterrogatorio testificó que en la declaración jurada que prestó no surge que seleccionó el paquete al azar.

También admitió que en la declaración jurada no describió el paquete. Asimismo, no dijo en la declaración jurada que al abrir la caja marrón había una caja en el interior, ni que tenía una cinta a su alrededor.9 Sobre el registro testificó:

“Gordon: Sí. Que Sí en el lugar donde lo colocaron antes ponerlo en el avión, antes de ponerlo en el avión, para que lo trajeran al territorio americano, Puerto Rico…

Sr.

Julio Félix Santos: Sí.

Gordon: Sí. Lo cierto es que lo revisan, es así.

Sr.

Julio Félix Santos: Sí.

…

Gordon: Bien, la pregunta es sencilla, agente. Sí lo cierto es que el paquete estando ya en Puerto Rico no representaba ningún peligro de terrorismo, ¿es así señor?

Sr.

Julio Félix Santos: Yo diría que no.”10

Declaró que el paquete que selecciona lo tiene que abrir para saber lo que tiene en su interior; que se escoge al azar porque nada en su exterior levantaba sospecha. Aceptó que no dijo en la declaración jurada que el paquete fue seleccionado al azar. Indicó que no estaba buscando contrabando. Declaró que no consultó con un supervisor antes de romper la cerradura o clips del paquete, ni tenía orden de registro, ni consultó con la fiscalía.11 Admitió que no identificó la caja con su nombre, ni la marcó. Hasta el momento en que le dio el olor no había gestionado orden alguna de registro contra el estuche.12

Aceptó que no había marca de él, ni su nombre ni el número de placa. Admitió que no hizo mención del número de control del air bill. Aceptó que la fiscalía federal decidió no atender el caso y le dijeron que entregara el paquete a los agentes de Aguadilla. Declaró que le dijeron que no llevarían el caso. Indicó que para ese tipo de operativo no necesita una orden para registrar. Aceptó que pesaron el contrabando, pero no la caja. Tampoco se pesó el estuche. Admitió que en la declaración jurada no acreditó de qué estado provenía el paquete. 13

En el redirecto explicó que los agentes de aduana están autorizados por el Departamento de Comercio a cotejar los paquetes que vienen de los Estados Unidos. Indicó que no necesita orden de registro en virtud de la reglamentación federal.14

“Fiscal Villanueva: Agente, a preguntas del compañero, usted no obtu, obtuvo en ningún momento una orden de registro para abrir el paquete. Entonces ¿quién le dio la facultad a usted para poder abrirlo?

…

Sr. Julio Félix Santos: el…la parte 758 del código 15 de regulaciones federales que tiene que ver con comercio, autoriza claramente a inspecciones de aduana entre otros agentes federales inspeccionar paquetes prominentes de los Estados Unidos paquete que requiere un (UI) para verificar la mercancía que está manifestado.”15

Explicó que no es un requisito pesar la caja antes de abrirla.16

El Agente Luis Nieves González está adscrito a la División de Drogas y Narcóticos del área de Mayagüez, trabajando en dicha División desde 16 de septiembre de 1992.17 Declaró que se recibió información respecto a que un agente de aduana había ocupado un paquete que contenía sustancias controladas. El acudió a aduana y verificó el nombre de la persona a quien venía dirigido el paquete y la dirección. El paquete venía dirigido a José Santana.18 Declaró:

“Fiscal Villanueva: …¿Pudo usted percatarse a quién iba dirigido ese pa, ese paquete?

Luis Nieves González: Sí ese paquete venía dirigido desde Box and ship eh 2180 (UI) B#1 Baja California y venía dirigido a PMD 041 P.O. Box 79001 en Plaza del Norte Hatillo. Ese es un Post que hay en Plaza del Norte Hatillo.

Fiscal Villanueva: ¿A nombre de quién?

Luis Nieves González: Ese paquete venía dirigido a nombre de un José Santana. Ese paquete para…Tenía un número de recibo que era el 2488309. Era el número de recibo de ese paquete.”19

Testificó que el agente de aduanas le entregó el paquete y él lo puso bajo su custodia. Examinaron el paquete y verificaron su contenido, luego lo sellaron.20 Junto a su supervisor fueron a verificar la dirección a la cual iba dirigido el paquete. Llegaron al Post Net

y él se dirigió a la dueña, le dijo que tenía un paquete que contenía marihuana, que él era un agente de drogas y que estaban utilizando su correo para el narcotráfico. La dueña buscó en el archivo la dirección a la cual venía dirigido el paquete. Estaba a nombre de José Chamil Santana. La persona lo había rentando el 30 de diciembre y había una foto en una copia de la tarjeta electoral.21

La dueña del correo, Doña Carmen, llamó a José Santana

y le informó a una prima o tía de éste que había llegado un paquete a nombre de éste.22 Declaró que se retiró con el paquete y lo guardó en el cuarto de evidencia con candado23.

Al otro día acudió a la División de Drogas para coordinar el operativo. Accedieron al Post Net y ubicó la caja junto...

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