Sentencia de Tribunal Apelativo de 25 de Junio de 2007, número de resolución KLRA200600912

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA200600912
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución25 de Junio de 2007

LEXTA20070625-09 Agente Torres Valle v. Comisión de Investigación

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

Panel I

AGTE. WYDISBERTO TORRES VALLE
Recurrente
v.
COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN, PROCESAMIENTO Y APELACIÓN DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
Recurrida
KLRA200600912
Revisión Administrativa Comisión de Investigación, Procesamiento y Apelación (C.I.P.A.) Caso: 06CP-100

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Rodríguez de Oronoz y los Jueces Ramírez Nazario y Piñero

González

Piñero

González, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a _25_ de junio de 2007.

El Agente Wydisberto Torres Valle (en adelante, el agente Torres) comparece ante nos mediante recurso de revisión, solicitando la revocación de la resolución emitida por la Comisión de Investigación, Procesamiento y Apelación (en adelante, C.I.P.A.) el 16 de agosto de 2006 y notificada el 15 de septiembre del mismo año. En la misma, la C.I.P.A.

desestimó la querella presentada por el agente Torres por entender que éste carecía de legitimación activa.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, confirmamos la resolución recurrida.

I.

El 28 de octubre de 2005, el agente Torres radicó una querella ante la C.I.P.A.

contra el agente Radamés Román

Pagán, alegando que éste fue negligente durante la investigación de un caso de agresión radicado contra su hermano, Juan Torres Valle.

La C.I.P.A. desestimó la querella presentada por el agente Torres bajo el fundamento de falta de legitimación activa. Sobre el particular, destacó que en nuestro ordenamiento, la parte que solicita un remedio judicial debe demostrar que: (1) sufrido un daño claro y palpable, real e inmediato; (2) existe una conexión entre el daño sufrido y la causa de acción; y (3) la causa de acción surge bajo el palio de la Constitución o de una ley. Asimismo, indicó que no correspondía adjudicar los derechos de terceros que no habían reclamado sus derechos y que no eran parte del caso.

Denegada su moción de reconsideración e inconforme con tal determinación, el agente Torres presentó el recurso de epígrafe, en el cual plantea que erró la C.I.P.A. al desestimar la querella por falta de legitimación activa.

Luego de varios trámites procesales, la C.I.P.A., por conducto del Procurador General, presentó su alegato en el cual solicitan la confirmación de la resolución recurrida y reafirman que el agente Torres carecía de legitimación activa.

II.

Los tribunales deben ser celosos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR