Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Junio de 2007, número de resolución KLCE070918

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE070918
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución26 de Junio de 2007

LEXTA20070626-17 Ayala Matos,ET ALS v. Thermo King Caribbean,Inc.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE ARECIBO

LUIS AYALA MATOS, ET ALS Demandantes-Recurridos v. THERMO KING CARIBBEAN, INC. Demandada-Peticionaria KLCE070918 CERTIORARI PROCEDENTE DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE ARECIBO CIVIL NÚM. C PE1999-0164 (404) SOBRE: RECLAMACIÓN DE SALARIOS Y PRO-CEDIMIENTO SUMARIO

Panel integrado por su presidente, el Juez Martínez Torres, la Jueza Cotto

Vives y el Juez Miranda De Hostos.

Cotto Vives, Jueza

Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 26 de junio de 2007.

La peticionaria, Thermo King

de Puerto Rico, Inc., nos solicita que revoquemos una resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo, el 14 de mayo de 2007, en la cual se declaró con lugar una moción presentada por la parte recurrida para que se bifurcaran los procedimientos en la reclamación de salarios de autos.

Inconforme, Thermo King de Puerto Rico aduce que el Tribunal de Primera Instancia abusó de su discreción al dejar sin efecto la orden previamente emitida ordenándole a los recurridos calcular y desglosar la cantidad de horas que trabajó cada demandante. Además, señala que el foro apelado se equivocó al variar el peso de la prueba en el caso. Finalmente, aduce que el tribunal recurrido concedió la solicitud de la parte recurrida sin que se le demostrara justa causa.

Por los fundamentos que prosiguen, se deniega la expedición del auto de certiorari solicitado por Thermo King de Puerto Rico.

El 7 de junio de 1999 cuarenta y un empleados de Thermo

King de Puerto Rico, Inc, presentaron —junto con sus cónyuges y las sociedades de bienes gananciales por ellos compuestas— una querella ante el Tribunal de Primera Instancia en la cual reclamaron el pago de los períodos de tomar alimentos no disfrutados y el pago de períodos de vacaciones compensados a un tipo menor al correspondiente. Para dilucidar la referida reclamación, los querellantes se acogieron al procedimiento sumario provisto en la Ley 2 de 17 de octubre de 1961, 32 L.P.R.A. sec. 3118 et seq.

Thermo King de Puerto Rico, Inc. contestó la querella y el 29 de marzo de 2006 el T.P.I. celebró una vista transaccional a la cual comparecieron las partes. Éstas argumentaron extensamente sobre el estado procesal del caso y los recurridos informaron que uno de los querellantes había desistido de la reclamación, por...

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