Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Junio de 2007, número de resolución KLCE070918
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE070918 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 26 de Junio de 2007 |
LUIS AYALA MATOS, ET ALS Demandantes-Recurridos v. THERMO KING CARIBBEAN, INC. Demandada-Peticionaria | KLCE070918 | CERTIORARI PROCEDENTE DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE ARECIBO CIVIL NÚM. C PE1999-0164 (404) SOBRE: RECLAMACIÓN DE SALARIOS Y PRO-CEDIMIENTO SUMARIO |
Panel integrado por su presidente, el Juez Martínez Torres, la Jueza Cotto
Vives y el Juez Miranda De Hostos.
Cotto Vives, Jueza
Ponente
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 26 de junio de 2007.
La peticionaria, Thermo King
de Puerto Rico, Inc., nos solicita que revoquemos una resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo, el 14 de mayo de 2007, en la cual se declaró con lugar una moción presentada por la parte recurrida para que se bifurcaran los procedimientos en la reclamación de salarios de autos.
Inconforme, Thermo King de Puerto Rico aduce que el Tribunal de Primera Instancia abusó de su discreción al dejar sin efecto la orden previamente emitida ordenándole a los recurridos calcular y desglosar la cantidad de horas que trabajó cada demandante. Además, señala que el foro apelado se equivocó al variar el peso de la prueba en el caso. Finalmente, aduce que el tribunal recurrido concedió la solicitud de la parte recurrida sin que se le demostrara justa causa.
Por los fundamentos que prosiguen, se deniega la expedición del auto de certiorari solicitado por Thermo King de Puerto Rico.
El 7 de junio de 1999 cuarenta y un empleados de Thermo
King de Puerto Rico, Inc, presentaron junto con sus cónyuges y las sociedades de bienes gananciales por ellos compuestas una querella ante el Tribunal de Primera Instancia en la cual reclamaron el pago de los períodos de tomar alimentos no disfrutados y el pago de períodos de vacaciones compensados a un tipo menor al correspondiente. Para dilucidar la referida reclamación, los querellantes se acogieron al procedimiento sumario provisto en la Ley 2 de 17 de octubre de 1961, 32 L.P.R.A. sec. 3118 et seq.
Thermo King de Puerto Rico, Inc. contestó la querella y el 29 de marzo de 2006 el T.P.I. celebró una vista transaccional a la cual comparecieron las partes. Éstas argumentaron extensamente sobre el estado procesal del caso y los recurridos informaron que uno de los querellantes había desistido de la reclamación, por...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba