Sentencia de Tribunal Apelativo de 11 de Julio de 2007, número de resolución KLRA0600814

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA0600814
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución11 de Julio de 2007

LEXTA20070711-05 Morales Rodríguez v. Municipio Autónomo de Carolina

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN DE SAN JUAN-PANEL ESPECIAL

PM ANDRÉS MORALES RODRÍGUEZ (312)
Recurrido
v.
MUNICIPIO AUTÓNOMO DE CAROLINA
Recurrente
KLRA0600814
Revisión procedente de la Comisión de Investigación, Procesamiento y Apelación CASO NÚM. 02PM-75

Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Martínez, el Juez Rodríguez Muñiz y la Juez Jiménez Velázquez

Jiménez Velázquez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 11 de julio de 2007.

El Municipio Autónomo de Carolina comparece ante este Tribunal para que revoquemos una Resolución emitida el 20 de septiembre de 2006 por la Comisión de Investigación, Procesamiento y Apelación, en la que reduce la sanción disciplinaria de suspensión de empleo y sueldo impuesta al policía municipal Andrés Morales Rodríguez de treinta (30) a veinte (20) días.

El Municipio Autónomo de Carolina sostiene que la sanción que corresponde al PM Morales está dispuesta por el Reglamento de Normas de Conducta y Medidas Correctivas del Municipio por lo que la misma no puede ser

reducida por la Comisión.

Transcurrido el término para que PM Morales Rodríguez presentara su alegato en el recurso ante nos, este Tribunal procede a resolver el recurso sin el beneficio de su comparecencia.

I.

Hechos procesales pertinentes

Los hechos que dan pie a la controversia son los siguientes. El 30 de mayo de 1999, el policía municipal Andrés Morales Rodríguez (en adelante “PM Morales”), placa número 232, servía como encargado de turno en el Cuartel La Cerámica del Municipio Autónomo de Carolina, en el horario de 4:00 a.m. a 12:00 p.m. Durante ese mismo turno y horario se encontraba sirviendo como retén el policía municipal Félix Llanos (en adelante “PM Llanos”).

El Sargento Jorge A. Pizarro Cirino

(en adelanteSgto. Pizarro), quien se desempeñaba como Supervisor de Turno de la zona norte de la Comandancia de la Policía Municipal de Carolina, se comunica con PM Morales para solicitarle un policía que pudiese ocupar el puesto de otro que se había ausentado. PM Morales le indica que no tenía a nadie disponible ya que solo se encontraban trabajando PM Llanos como retén y él mismo como encargado de turno. Queriendo confirmar esta información, el Sgto. Pizarro se persona al Cuartel La Cerámica. Una vez allí se percata que no había nadie en el área del retén, que PM Llanos se encontraba durmiendo y que en un escritorio...

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