Sentencia de Tribunal Apelativo de 14 de Agosto de 2007, número de resolución KLCE0701121
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE0701121 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 14 de Agosto de 2007 |
YARITZA GARCÍA GUADALUPE POR SÍ Y EN REPRESENTACIÓN DEL MENOR SERGIO ENRIQUE ORTIZ GARCÍA Demandante-Apelada v. SERGIO ORTIZ PÉREZ, ERIC MANUEL RAMOS TRINIDAD Demandado-Apelante | KLCE0701121 | CERTIORARI PROCEDENTE DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SUBSECCIÓN DE DISTRITO, SALA DE VIEQUES CIVIL NÚM.: NSRF2006-0685 SOBRE: FILIACIÓN | |
Panel integrado por su presidente, el Juez Martínez Torres, la Jueza Cotto
Vives y el Juez Miranda De Hostos.
Cotto Vives, Jueza Ponente
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 14 de agosto de 2007.
A las solicitudes en auxilio de jurisdicción y de certiorari
presentadas por el señor Eric Manuel Ramos Trinidad, los días 6 de agosto y 30 de julio de 2007, no ha lugar.
El Tribunal de Primera Instancia emitió, el 28 de junio de este año una resolución en la cual le ordenó al peticionario y a la señora Yaritza García Guadalupe, someterse a pruebas de DNA.1 El señor Ramos Trinidad nos solicita que revoquemos esta determinación. Aduce que el Tribunal de Primera Instancia erró al permitirle a la recurrida impugnar en representación del menor Sergio Enrique Ortiz García el reconocimiento de paternidad hecho por el señor Sergio Ortiz
Pérez. Además, aduce que la señora García Guadalupe no tiene legitimación activa para presentar la referida acción de impugnación debido a que es inverosímil que el menor, a su corta edad, esté preocupado por su filiación.
Como es sabido, la filiación es la condición a la cual una persona atribuye el hecho de tener a otra u otras por progenitores suyos; es un hecho biológico consistente en la procreación de una persona por otras, una inicial realidad biológica recogida y regulada por el ordenamiento jurídico con el fin de distribuir derechos y obligaciones. Sánchez v. Sánchez, 154 DPR 645 (2001); Mayol v.
Torres, 164 D.P.R. ___ (2005), 2005 T.S.P.R. 45, 2005 J.T.S. 50.
De la filiación dependen varios estados civiles, no obstante, claro está, incide con mayor intensidad en el derecho de familia y el derecho sucesorio. La filiación no se limita, pues, a establecer vínculos tendentes a identificar relaciones entre componentes de la sociedad, sino que va dirigida a imponer derechos y obligaciones concretas de consecuencias permanentes. Mayol v. Torres, supra.
Aunque el vínculo biológico no es el único factor al momento de...
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