Sentencia de Tribunal Apelativo de 21 de Agosto de 2007, número de resolución KLCE200700394

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE200700394
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución21 de Agosto de 2007

LEXTA20070821-03 Pueblo de P.R. v. En Interés del Menor J.F.E.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGUEZ-AGUADILLA, PANEL IX

EL PUEBLO DE PUERTO RICO
PETICIONARIO
EN INTERÉS DEL MENOR J.F.E.
RECURRIDO
KLCE200700394
CERTIORARI PROCEDENTE DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE AGUADILLA, ASUNTOS DE MENORES EXP. NÚM. J2006-0613 AL J2006-0617 SOBRE: LEY DE MENORES Y LA RENUNCIA DE SU JURISDICCIÓN POR PARTE DEL TRIBUNAL DE MENORES

Panel integrado por su presidente, el Juez Rodríguez Muñiz, y los Jueces Soler Aquino y Cordero Vázquez

Rodríguez Muñiz, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 21 de agosto de 2007.

El 16 de marzo de 2007, el Procurador General (en adelante, el peticionario) compareció mediante Petición de Certiorari

solicitándonos que revoquemos la Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla, Asuntos de Menores (en adelante, el TPI), el 14 de febrero de 2007. En ésta el TPI declaró No Ha Lugar la solicitud de renuncia de jurisdicción presentada por el Procurador para Asuntos de Menores (en adelante, el Procurador), a tenor con el Art. 15 de la Ley de Menores.

El 26 de marzo de 2007, en auxilio de nuestra jurisdicción, el peticionario solicitó que paralizáramos los procedimientos en el TPI, lo que ordenamos ese mismo día, concediéndole al querellado J.F.E. (en adelante, el recurrido J.F.E.) 30 días para expresar su posición.

Con el beneficio de la comparecencia de todas las partes y la transcripción de la prueba, procedemos a atender la cuestión de derecho planteada.

-I-

El 1 de junio de 2006 se presentaron contra el recurrido J.F.E. cinco quejas por la infracción de las siguientes disposiciones penales: dos faltas de Actos Lascivos o Impúdicos, dos faltas de Sodomía y una falta de tentativa de Violación; conductas que incurridas por un adulto constituirían delitos graves y que se consideran faltas Clase II y III. Las faltas imputadas fueron alegadamente cometidas en las menores de edad E.F.A. y J.C.F., primas del recurrido J.F.E. y, por tanto, parte de su núcleo familiar. En esa fecha el juez ante quien se presentaron las quejas expidió una citación para la vista de determinación de causa probable para la radicación de las querellas. El 19 de octubre de 2006, el TPI determinó causa contra el recurrido J.F.E. por las faltas imputadas y señaló fecha para la celebración de la vista adjudicativa.

Presentadas las querellas, el 7 de noviembre de 2006, el Procurador compareció ante el TPI mediante Moción Solicitando Renuncia de Jurisdicción. Alegó que al recurrido J.F.E. se le imputaron dos faltas Clase II y tres faltas Clase III, para las cuales el Art. 15 (a) de la Ley de Menores dispone que éste podrá promover la renuncia de jurisdicción del tribunal, cuando, como en el caso de epígrafe, considera que “continuar los procedimientos bajo la Ley de Menores…

no responde a los mejores intereses del menor ni de la comunidad”. (Petición de Certiorari, Anejo VI, a la pág. 11.) El recurrido J.F.E. presentó su oposición el 17 de noviembre de 2006.

Luego de otros trámites procesales, la vista de renuncia de jurisdicción se celebró los días 6 y 9 de febrero de 2007. La prueba presentada por el Procurador consistió en los testimonios de la Psicóloga Clínica Estela López Pérez, Arleen Calderón Gerena

(empleada de la Clínica De Sobrevivientes De Abuso Sexual), las menores perjudicadas, E.F.A. y J.C.F., y la Trabajadora Social del Departamento de Justicia Alicia Cruz Ayala.

En lo pertinente, las menores perjudicadas, E.F.A. y J.C.F., declararon que:

Menor E.F.A. – A sus nueve años de edad, para el año 2000, caminaba hacia la parte de abajo de la casa y vio que el recurrido J.F.E. tenía a su prima J.C.F. sentada con las piernas abiertas mientras que él, colocado bien pegado entre las piernas de ella, le introducía la mano por el pantalón corto. Cuando el recurrido J.F.E. notó su presencia, éste soltó a J.C.F.

y les dijo a ambas que si contaban lo sucedido las mataría a ellas y a toda la familia. Ese mismo día, por la noche, estando ésta en el balcón de la casa de su abuela se topó con el recurrido J.F.E., quién la jaló por el brazo y la pegó contra la pared. Así comenzó a tocarla en la vulva, donde luego le introdujo el dedo, “lo entraba y lo sacaba”. Cuando terminó le puso una navaja en el cuello y le dijo que si contaba lo sucedido la mataría.

En una segunda ocasión, habiendo cumplido ya los 10 años de edad, ella y su hermano viajaban en auto con el recurrido J.F.E. hacia un cumpleaños, cuando el recurrido J.F.E. aprovechó la ausencia momentánea de su hermano y volteándose a ella trató de tocarla, pero desistió cuando ella le dijo “tú hiciste un retiro de Juan XXIII, que se te note”, a lo que él respondió “esta bien, mamita, pero no se lo digas a nadie”. (Transcripción De La Prueba, Págs. 180-213.)

Menor J.C.F. – En el año 2001, cuando tenía 12 años de edad, estando ella en una cafetería llamada Rey’s Café, localizada al lado de su escuela, se montó bajo amenaza en el carro del recurrido J.F.E. Éste la transportó hasta un callejón de tierra en Coloso y, llevándola a la parte de atrás del vehículo, la besó, tocó y sodomizó. Hechos similares se repitieron en otras oportunidades, en las que además de sodomizarla, el recurrido J.F.E. le obligaba a practicarle sexo oral y tragarse el semen, mientras él la halaba por el pelo y empuñaba una navaja.

Aparte de lo anterior, en el año 2002, llamándole a través de una compañera de estudio, el recurrido J.F.E. la acercó hasta su auto, donde él la esperaba junto a otro joven amigo suyo. Arrimada al auto, el recurrido J.F.E. la invitó a que se montara, a lo que se negó. Fue entonces que éste abrió la gaveta del carro, dejándole ver que tenía un revolver cañón negro y cabo marrón y la amenazó para que subiera al auto. Sentada en la parte posterior del vehículo, el recurrido J.F.E. la llevó hasta un motel, donde...

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