Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Agosto de 2007, número de resolución KLRA0700207

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA0700207
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución23 de Agosto de 2007

LEXTA20070823-12 Medina Sánchez v. Adm. de Corrección

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VII

ÁNGEL L. MEDINA SÁNCHEZ Recurrente v. ADMINISTRACIÓN DE CORRECCIÓN Recurrida
KLRA0700207
Revisión Administrativa del Departamento de Corrección y Rehabilitación Confinado número 1-07005 Resolución 2006-523

Panel integrado por su presidente, el juez Rivera Martínez, el juez Colón Birriel

y la juez Jiménez Velázquez.

Rivera Martínez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 23 de agosto de 2007.

El confinado Ángel L. Medina Sánchez (en adelante recurrente) presentó ante nos un recurso de revisión administrativa en el que solicita la revisión de la determinación del Comité de Clasificación y Tratamiento del Departamento de Corrección y Rehabilitación (en adelante Comité) de 29 de diciembre de 2006. En ésta se determinó que el recurrente debía mantenerse en un nivel de custodia máxima.

El Comité fundamentó su acuerdo en el historial delictivo del recurrente al entender que era necesario se beneficiara de tratamiento psicológico “para tener un perfil

de que el confinado ha ganado sentido de responsabilidad y que tiene los controles suficientes para beneficiarse de un nivel de custodia menor”.

De esta determinación el recurrente oportunamente apeló. La apelación fue examinada y denegada el 24 de enero de 2007. El recurrente la recibió el 16 de febrero de 2007. El fundamento de la denegatoria fue que no demostró haber hecho los ajustes para ser acreedor de una custodia menor.

El 9 de marzo de 2007 el recurrente presentó el recurso que nos ocupa y alega que erró el Departamento de Corrección al denegar su apelación, ya que no tenía casos ni querellas pendientes. Sostiene, además, que la planilla de reclasificación de custodia da una puntuación menor a la que corresponde a un confinado de custodia máxima.

Alega que completó las terapias de trastornos adictivos, que fue evaluado por el Negociado de Evaluación y Asesoramiento y que cumplió con el mínimo de sentencia desde el 2003.

II

La clasificación de los confinados, función delegada a la Administración de Corrección, se rige por el Manual de Clasificación de Confinados, Reglamento Núm.

6067, de 22 de enero de 2000, aprobado al amparo de la Ley Núm. 116 de 22 de julio de 1974, 4 L.P.R.A. sec. 1101 et seg.

El Manual de Clasificación (Manual) establece un sistema organizado para ingresar, procesar y asignar los confinados a instituciones y programas de la Administración de Corrección. En el mismo de establece que la clasificación de los confinados consiste en la separación sistemática y evolutiva de los confinados en subgrupos, en virtud de las necesidades de cada individuo, y las exigencias y necesidades de la sociedad. El proceso de clasificación coordina la custodia física de los confinados con los programas y recursos disponibles dentro del sistema...

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