Sentencia de Tribunal Apelativo de 24 de Agosto de 2007, número de resolución KLAN200601495
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN200601495 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 24 de Agosto de 2007 |
ALFREDO ROSADO RAMÍREZ Peticionario - Apelante v. WAL-MART PUERTO RICO INC.. JOHN DOE INSURANCE COMPANY Peticionario Apelado | KLAN200601495 | APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Bayamón Caso Núm. DKD2004-0704 |
Panel integrado por su presidente, el juez Rivera Román, y los jueces Soler Aquino y Vizcarrondo Irizarry
Juez Ponente: Vizcarrondo
Irizarry
En San Juan, Puerto Rico, a 24 de agosto de 2007
La parte apelante solicita la revisión y revocación de la Sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, en adelante el T.P.I., en el caso Alfredo Rosado Ramirez
v. Wal-Mart Puerto Rico, Inc., Civil Núm. DKDP2004-0704 (1001).
En dicha sentencia, el T.P.I. declaró NO HA LUGAR la demanda de daños y perjuicios y, en síntesis, determinó que la parte demandante no pudo probar que Wal-Mart conocía o debió conocer que había una sustancia en el piso y que no hizo nada para corregir la situación de peligro creada, por lo que no se probó que Wal-Mart fuera negligente, elemento indispensable en la cadena de responsabilidad civil.
El 4 de noviembre de 2004 el Sr. Alfredo Rosa Ramírez, en adelante demandante, visitó la tienda Wal-Mart
con el propósito de hacer unas compras. Entró al establecimiento por el área donde se encuentran las cajas registradoras. Mientras caminaba resbaló hacia atrás y cayó de frente golpeándose la rodilla derecha y el pómulo izquierdo. Trató de incorporarse, pero se cayó nuevamente.
Al levantarse se percata que sus manos, el pantalón y los zapatos tenían una sustancia viscosa que olía a jabón. Entonces es que nota la sustancia en el piso. Indicó que era transparente y no sabía de dónde provenía. El piso estaba brilloso y limpio, la tienda tenía buena iluminación y no había marcas previas a la suya que dieran lugar a inferir que la sustancia llevaba algún tiempo allí. En el pasillo donde ocurrió el accidente no había góndolas donde se anunciara la venta de jabón.
A consecuencia de éste accidente el demandante presentó demanda contra Wal-Mart, el 2 de diciembre de 2004 ante el Tribunal de Instancia. El apelado Wal-Mart Puerto Rico Inc., fue emplazado el 8 de diciembre 2004. Luego de los trámites procesales de rigor se celebró la vista en su fondo el día 5 de julio 2006.
La parte demandante desfiló su prueba consistente en el testimonio del apelante, de dos empleados de la propia parte apelada, Joel
Molina y Ana Negrón de Wal-Mart y del fisiatra Dr. Oscar Arroyo Nieves. Sometió en evidencia los récords médicos, el informe médico pericial del fisiatra Dr. Arroyo Nieves, el estudio electrodiagnóstico
(EMG/NCV) realizado por el fisiatra Dr. Florencia Lao Sam el 2 de diciembre 2004 y la evaluación médica del neurólogo Dr. Tomás Hernández. En su propio testimonio el Sr. Alfredo Rosado Ramírez testificó que se sintió mareado y aturdido, se dirigió a una empleada del área de salud y belleza, le informó lo sucedido y ella llamó al asistente de gerente, quien le tomó los datos...
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