Sentencia de Tribunal Apelativo de 24 de Agosto de 2007, número de resolución KLAN0601367

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0601367
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución24 de Agosto de 2007

LEXTA20070824-23 Pueblo de P.R. v. Rivera Ortíz

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN-PANEL VII

EL PUEBLO DE PUERTO RICO
Apelado
v.
JUAN M. RIVERA ORTIZ
Apelante
KLAN0601367
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Caso Criminal Núm. DHO2003G0053 Sobre: Infracción al Artículo 105A del Código Penal de 1974

Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Martínez, el Juez Colón Birriel y la Juez Jiménez Velázquez.

Jiménez Velázquez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 24 de agosto de 2007.

Oportunamente, el señor Juan M. Rivera Ortiz presenta un recurso de apelación ante este Tribunal en el que nos solicita la revisión del fallo emitido el 11 de septiembre de 2006 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, mediante el cual determina que el señor Rivera es culpable por actos lascivos1 contra una menor de edad.

Con el beneficio de la comparecencia del apelante y del Pueblo de Puerto Rico por conducto del Procurador General, la transcripción de los procedimientos y los autos originales, procede este Tribunal a resolver conforme a derecho.

I.

Hechos

Al señor Juan M. Rivera Ortiz (en adelante “Rivera”) se le acusa por el delito de actos lascivos por unos hechos alegadamente

ocurridos para el año 2002 con la menor KSR, quien al momento de los hechos tenía doce años de edad. En específico se acusa al señor Rivera de que éste “le chupaba los senos y le rozaba el pene por la vagina de la perjudicada”.

El Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón (en adelante “TPI”) celebra el correspondiente juicio por tribunal de derecho en el que declararon los testigos siguientes: la menor KSR, María de los A. Rivera Castillo (en adelante “Rivera Castillo”), Maritza Vázquez Pedrosa (en adelante “Vázquez”), Agente José Pérez Rodríguez (en adelante “Agte. Pérez”), Dra. Madeline Santos Carlo (en adelante “Dra. Santos”), Osvaldo Cruz Cintrón (en adelante “Cruz”), Santos Rivera Ortiz (en adelante “Rivera Ortiz”), Dr. Lorenzo Gilberto Blas Santa María (en adelante “Dr. Blas”), Ada M. Cruz Báez (en adelante “Cruz Báez”), Héctor Luis Rodríguez (en adelante “Rodríguez”), Evelyn Ríos Heredia (en adelante “Ríos”) e Isabel Román (en adelante “Román”). Veamos un compendio de la prueba desfilada ante el TPI.

Testimonio de KSR

La menor KSR testifica en sala que ella vivía con su mamá, su hermana y el señor Rivera al momento de los hechos en una casa en Minillas.

KSR indica que al momento de ocurrir los hechos tenía doce años y estudiaba en una escuela de educación especial. La menor testifica que al llegar a su casa estaba el señor Rivera en unos pantalones cortos rojos y ella se ponía una camisa verde con unas pantaletas. La menor señala que mientras ella se sentaba en el mueble de la sala, el señor Rivera le levantaba la camisa y le chupaba los senos a lo que él se refería como “dame una chimita”.

Además, KSR testifica que el señor Rivera le “metía” el “pipí”2

en el pasillo de la casa mientras estaban parados por la “vulva”.3 KSR relata que para ello le bajaba la pantaleta y el señor Rivera se sacaba el pene por la parte del frente del pantalón donde había un roto.4 KSR narra que le dolía mucho y que el señor Rivera le decía que no se lo dijera a su madre y la amenazaba.5

Además, KSR describe que el señor Rivera “soltó una cosa transparente” cuando introducía el pene.6 Aparte del incidente en el mueble y en el pasillo, KSR relata que el señor Rivera la cargaba a la cocina y le tocaba los senos.7 La menor indica que a la primera persona que le cuenta lo que sucedía es a su maestra, la señora Vázquez, para desahogarse. Aunque no recuerda quiénes estaban presentes, KSR se acuerda que habló con una trabajadora social y que luego fue a la policía con el Agte. Pérez. KSR señala que se sentía mal y que su mamá empezó a llorar e indica que en un momento dado dijo que no había pasado algo porque no quería que su mamá se preocupara.8 La menor testifica que comienza a tomar Risperdal, Welbutrin y Ritalin desde que ocurrió lo que relata.

Durante el contra-interrogatorio de KSR a preguntas de la defensa acepta que en una ocasión anterior hubo un incidente con un compañero de clases con el cuál se desnudó y que ésta lo acusa de haberla violado aunque ello no fue cierto.9 De la misma forma, KSR acepta que también acusó a un sobrino del señor Rivera de haberla violado aunque era falso y que lo hizo por coraje.10 Durante el contra-interrogatorio, KSR no recuerda si le llegó a indicar a alguien que lo que alega del señor Rivera era mentira o si luego lo niega. A su vez, surge que KSR estaba molesta y le dio coraje con el señor Rivera porque éste no le permitió poner una piscina.11 La menor tampoco recuerda si en algún momento le pega fuego a la cocina de la casa. En el referido turno, KSR indica que luego del incidente su mamá siguió viviendo con el señor Rivera.12

Durante el re-directo KSR contesta que no sabe lo que significa la palabra “violado”13

y que con relación al incidente de la escuela no era lo mismo. Además, KSR señala que con el sobrino del señor Rivera pasó algo que era igual que con el señor Rivera, pero “por atrás”.14 A su vez, la menor indica que su hermana a veces venía temprano y se iba a la parte de arriba de la casa cuyas escaleras estaban por fuera. En cuanto al asunto de la piscina, KSR señala que lo que pasaba con el señor Rivera ya estaba pasando desde antes15 y que las cosas que contó que le hizo el señor Rivera pasaron.16

Testimonio de la señora Rivera Castillo

La próximo testigo fue la madre de KSR, la señora Rivera Castillo, ésta indica que es Asistente de Maestra y que KSR es parte del programa de Educación Especial por tener un leve retraso de dos años menos de su edad cronológica.

Además, la señora Rivera Castillo indica que KSR ha tomado siempre medicamentos por hiperactividad como Ritalin

y que desde el incidente con el señor Rivera ha comenzado a utilizar medicamentos para la ansiedad y para dormir. La señora Rivera Castillo manifiesta que para la fecha de los hechos ella trabajaba en un horario de 1:00 p.m. a 5:30 p.m. y que KSR llegaba a la casa antes que ella. Además, señala que ella se comunicaba con la menor cada vez que llegaba de la escuela y que ésta le decía que el señor Rivera estaba en la casa. La señora Rivera Castillo atestigua que el señor Rivera es un contratista y que tiene su propio horario. Asimismo, señala que quien le indica lo sucedido es la maestra de KSR y luego se reúne con la Trabajadora Social y que éstas le indican que KSR manifestaba que el señor Rivera le chupaba los senos.

La señora Rivera Castillo testifica que KSR se fue a vivir en casa de su hermano y que ella se quedó con el señor Rivera por no tener a donde ir. Con relación al incidente con el otro menor en la escuela, la señora Rivera Castillo declara que era un menor de educación especial y que ambos simplemente se quitaron la ropa. Asimismo, indica que el cambio de escuela de KSR se debe a que ésta se muda con el señor Rivera y el Departamento de Educación cambia a KSR para ubicarla en una escuela más cerca de manera tal que se le pudiera suplir transportación. La señora Rivera Castillo testifica que no podía creer lo que le decían ya que había depositado su confianza en el señor Rivera y éste cuando veía casos similares manifestaba que había que cogerlos a todos y quemarlos en la plaza. Además, señala que entre el señor Rivera y KSR no había ningún problema entre ellos. A su vez, manifiesta que los hechos sucedían cuando ella estaba trabajando.

En el contra-interrogatorio

de la señora Rivera Castillo ésta expresa que en ningún momento KSR se queja con ella de dolor anal ni de los senos. En cuanto al incidente con el otro menor en la escuela, la señora Rivera Castillo niega que la menor haya acusado al menor de haberla violado como tampoco haber dicho a la trabajadora social del hospital que la menor hubiera...

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