Sentencia de Tribunal Apelativo de 12 de Septiembre de 2007, número de resolución KLAN0601304

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0601304
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2007

LEXTA20070912-03 Pueblo de P.R. v. Andino Nieves

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VI

EL PUEBLO DE PUERTO RICO Apelado v. CARLOS ANDINO NIEVES Apelante
KLAN0601304
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Bayamón Criminal núm. D BD2006G0272

Panel integrado por su presidente, el juez Rivera Martínez, el juez Colón Birriel

y la juez Jiménez Velázquez.

Rivera Martínez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 12 de septiembre de 2007.

Comparece ante nos el señor Carlos Andino Nieves mediante recurso de apelación en el que solicita que revoquemos la sentencia emitida el 28 de septiembre de 2006 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón. Mediante la misma se le condenó a 8 años de cárcel al haber sido encontrado culpable de violar el artículo 198 del Código Penal, 33 L.P.R.A. sec. 4826.

Examinadas las comparecencias de las partes, la transcripción del juicio, así como el derecho aplicable, procedemos a confirmar la sentencia apelada.

I

El 2 de mayo de 2006, el señor Carlos Andino Nieves (en adelante apelante) fue acusado de violar el artículo 198 del Código Penal (robo), supra, así como el artículo 5.04 de la Ley de Armas, 25 L.P.R.A. sec. 458c. Luego de los trámites procesales de rigor, se celebró el juicio por jurado ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón (en adelante TPI). Dicho jurado emitió un veredicto de culpabilidad por el delito de robo. En cuanto al artículo 5.04 de la Ley de Armas, supra, el jurado encontró al apelante no culpable. Así pues, el 28 de septiembre de 2006, el TPI condenó al apelante a 8 años de reclusión.

Inconforme con dicha determinación, el apelante presentó el recurso que nos ocupa. Sostiene que la prueba presentada en el juicio no demostró su culpabilidad más allá de duda razonable. Además, alega que la prueba desfilada en el juicio no estableció de manera confiable y más allá de duda razonable su vínculo con el delito imputado. Ello, ya que aduce que su identificación fue contraria a derecho.

II

Durante el juicio testificó la señora Nelly López (en adelante señora López), el señor Ángel L. Nieves López (en adelante señor Nieves), el agente Luis Miguel Class Rivera (en adelante agente Class), el agente Elliot

Meléndez (en adelante agente Meléndez) y el agente Joel Oyola. La señora López declaró que el 16 de febrero de 2006, mientras se encontraba en el Colmado Nieves atendiendo la caja registradora de dicho negocio, un joven entró y se le acercó. Éste le dijo que era un asalto, sacó una pistola niquelada y le pidió que sacara el dinero de la caja registradora. La señora López indicó que mientras esto ocurría, su hijo, el señor Nieves, se encontraba en la parte de atrás del establecimiento, específicamente, en la carnicería hablando con una clienta. La señora López expresó que el dinero se le caía, dado a que estaba nerviosa, por lo que el asaltante metió sus manos en la caja registradora y sacó aproximadamente $200. La señora López alegó que luego éste huyó del negocio y ella y su hijo corrieron a ver si podían ver hacia dónde éste se dirigió. Señaló que vio al asaltante dirigirse hacia una calle, de donde inmediatamente salió un automóvil.

En cuanto a la descripción del asaltante, la señora López indicó que éste era joven, quemado del sol, tenía unas gafas, gorra y ropa oscura. Relató que uno de los agentes que investigó el caso le llevó unas fotos, pero no pudo identificar al asaltante. Expresó que había bastantes retratos y que las personas que aparecían en éstos eran parecidas. Señaló que, posteriormente, en una rueda de confrontación identificó a otra persona. La señora López manifestó que en dicho procedimiento había como 6 personas y que ella estuvo en un cuarto aparte mientras su hijo identificaba.

Por su parte, el señor Nieves declaró que el día de los hechos, mientras atendía a una clienta, vio a un individuo entrar al colmado y apuntar a su mamá con una pistola. Describió al asaltante como una persona de 5'7" de estatura, trigueño, quemado por el sol, con camisa oscura y gafas de sol. El señor Nieves adujo que observó mientras el asaltante le requería el dinero a su mamá. Además, sostuvo que el asaltante

se viró y lo miró como por tres segundos. Alegó que el lugar donde se encontraba su mamá era iluminado y que el asalto duró aproximadamente 45 segundos. El señor Nieves...

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