Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Septiembre de 2007, número de resolución KLAN0701113

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0701113
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2007

LEXTA20070927-08 García Padilla

v. Chalets de la Playa,Inc.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN - PANEL VII

ALEJANDRO GARCÍA PADILLA, en su carácter de Secretario del DEPARTAMENTO DE ASUNTOS DEL CONSUMIDOR (Aida García)
Apelado
v.
CHALETS DE LA PLAYA, INC.; F & R CONSTRUCTION, CORP.
Apelantes
KLAN0701113
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Vega Baja Civil Número: CD 2006-290 Sobre: Petición para Hacer Cumplir Orden del DACO

Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Martínez, el Juez Colón Birriel y la Juez Jiménez Velázquez

Jiménez Velázquez, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, 27 de septiembre de 2007.

Chalets de la Playa, Inc. (en adelante “Chalets”) y F & R Construction, Corp., (en adelante, “F & R Construction”) presentan ante este Tribunal un recurso de certiorari1 en el que nos solicitan la revisión de una Sentencia emitida el 2 de julio de 2007 y notificada al día siguiente, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Vega Baja (en adelante, “TPI”) en la que se pone en vigor y ordena

el cumplimiento de una Resolución emitida el 5 de julio de 2005 y notificada el 3 de agosto de 2005 por el Departamento de Asuntos del Consumidor (en adelante, “DACO”) en la querella presentada por la señora Aida Garán García y su esposo Juan García González, Número 20000-6803, sobre defectos de construcción.

Con el beneficio de la comparecencia de DACO, este Tribunal deniega la expedición del auto de certiorari.

I.

Hechos

En el caso de autos los hechos son sencillos. La señora Aida

Garán García y su esposo el señor Juan García González (en adelante, “querellantes”) presentan el 19 de marzo de 2004 ante el DACO una querella en la que reclaman ciertos defectos de construcción sobre una apartamento adquirido en Chalets de la Playa. En la referida querella, los querellantes alegaron que el inmueble adquirido tenía unas grietas en el área de la sala, debajo de las ventanas, el techo de baño y el área donde ubica la luz de emergencia; manchas en pared del cuarto principal, salida de agua en lavandería, ventanas rotas, interferencia con receptáculos eléctricos y otras, por lo que solicitaron que se repararan los referidos defectos. DACO notifica la referida querella a Chaltes y F & R Construction el 16 de julio de 2004. La querella presentada fue contestada en octubre de 2005.

Transcurrido más de un año de presentada la querella,2 luego de los trámites correspondientes ante DACO y sin objeciones al informe de inspección realizado, DACO emite una Resolución sumaria el 5 de julio de 2005 y notificada el 3 de agosto de 2005, en la que determina que el apartamento adquirido por los querellantes tiene defectos de construcción por corregir valorados en $1,655 los cuales, a pesar de haberse solicitado, no han sido corregidos por Chalets ni por F & R Construction.

Por lo que DACO ordena corregir los mismos en el término de treinta (30) días desde la notificación. De no cumplirse con lo ordenado, DACO dispone que Chalets y F & R Construction deberán compensar solidariamente a los querellantes por el costo de corregir los referidos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR