Sentencia de Tribunal Apelativo de 5 de Octubre de 2007, número de resolución KLCE200701282

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE200701282
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2007

LEXTA20071005-02 Flores Arroyo v. Collazo Romero

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN-HUMACAO

PANEL VI

Rosa Flores Arroyo
RECURRIDA
V
Leonardo Collazo Romero
PETICIONARIO
KLCE200701282
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Humacao Caso Núm. HDI2000-0149 SOBRE: DIVORCIO

Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramírez, el Juez Cortés Trigo y el Juez López Feliciano.

Cortés Trigo, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 5 de octubre de 2007.

El peticionario Leonardo

Collazo Romero solicita la revisión de la orden emitida el 20 de julio de 2007, notificada el 6 de agosto de 2007, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao (TPI), mediante la cual se denegó la solicitud de relevo bajo la Regla 49.2 de las de Procedimiento Civil, 32 L.P.R.A. Ap.

III, R. 49.2.

Analizada la petición de certiorari

y los documentos del apéndice, resolvemos denegar la expedición del auto solicitado.

I.

Las partes en este caso –el Sr. Leonardo Collazo Romero y la Sra. Rosa Flores Arroyo- se divorciaron mediante

sentencia dictada el 29 de enero de 2001. En ésta se le fijó una pensión alimentaria de $347.00 mensuales al Sr. Collazo para beneficio de la menor procreada en el matrimonio.

El 6 de septiembre de 2005 la Sra. Flores presentó una solicitud de aumento de pensión alimentaria. Se celebró vista el 2 de noviembre del 2005, a la cual las partes comparecieron por derecho propio.

Se fijó pensión alimentaria provisional de $411.00 mensuales, retroactiva al 6 de septiembre del 2005, y se señaló otra vista para considerar la solicitud del Sr. Collazo impugnando las tablas de pensión alimentaria.

El 7 de diciembre de 2006 se celebró la vista para la revisión de la pensión alimentaria ante la Examinadora de Pensiones Alimentarias (Examinadora). En esa fecha, el Sr. Collazo compareció representado por abogado y la Sra. Flores compareció representada por la Procuradora de Relaciones de Familia (Procuradora). Evaluada dicha prueba, la Examinadora rindió su informe. En el mismo recomendó fijar la pensión en $508.00 mensuales del 6 de septiembre de 2005 al 23 de mayo de 2006 y $600.00 mensuales efectivo al 24 de mayo de 2006. Este informe fue aprobado por el TPI mediante Resolución de 31 de enero de 2007(Resolución).

El Sr. Collazo presentó el 13 de marzo del 2007 escrito titulado Moción Informativa y Réplica a Informe de la Oficial Examinadora (Moción Informativa) en la cual cuestionó la determinación sobre las pensiones fijadas en la Resolución y solicitó que éstas fueran modificadas.

En la vista de seguimiento del 14 de marzo de 2007 el TPI le ordenó a la Procuradora que en diez (10) días se expresara sobre la moción presentada por el Sr. Collazo y señaló vista para discutir lo solicitado por éste para el 16 de mayo de 2007. La Procuradora presentó moción...

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