Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Octubre de 2007, número de resolución KLCE07001252

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE07001252
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2007

LEXTA20071023-06 Bermúdez Solivan v. Cooperativa Federal de Empleados Telefónicos

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL VI

RAÚL A. BERMÚDEZ SOLIVAN Peticionario v. COOPERATIVA FEDERAL DE EMPLEADOS TELEFÓNICOS Recurrida KLCE07001252 Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan
KICD2006-0065

Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramírez, el Juez Cortés Trigo y el Juez López Feliciano.

Brau Ramírez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 23 de octubre de 2007.

-I-

El peticionario Raúl Bermúdez Soliván es miembro de la parte recurrida, Cooperativa Federal de Empleados Telefónicos.

Según se desprende del récord, el peticionario hizo varios préstamos de dinero con la Cooperativa. En diciembre de 2000, el peticionario hizo un préstamo de $26,189.00 con la Cooperativa para la compra de un automóvil marca Chrysler Sebring de 2001.

En febrero de 2003, el peticionario hizo un préstamo de $13,000.00 con la Cooperativa. En mayo

de 2003, hizo un préstamo adicional de $4,000.00. Suscribió sendos pagarés por las sumas tomadas en préstamo.

Posteriormente, el peticionario comenzó a confrontar problemas de salud. Alega que sufrió una incapacidad permanente, reconocida por la Administración del Seguro Social, lo que le provocó una reducción de sus ingresos, por lo que se atrasó en sus pagos con la Cooperativa.

En enero de 2006, la Cooperativa instó la presente acción en cobro de dinero contra el peticionario ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan. La Cooperativa alegó que éste le adeudaba $19,883.88.

El peticionario no contestó la demanda, por lo que le fue anotada la rebeldía. El 18 de abril de 2006, a instancias de la parte recurrida, el Tribunal dictó sentencia en su contra y declaró con lugar la demanda, condenándolo a pagar la suma reclamada por la Cooperativa, más intereses y $3,976.78 por concepto de honorarios de abogado.

La sentencia fue archivada en autos y notificada a las partes el 24 de abril de 2006.

El 19 de mayo de 2006, el peticionario compareció por derecho propio al Tribunal y solicitó reconsideración de la sentencia emitida. En su comparecencia, alegó que él le había enviado una contestación a la demanda a la Cooperativa, pero que por desconocimiento no la había presentado ante el Tribunal.

El peticionario no negó su deuda con la Cooperativa. Alegó, sin embargo, que él había acordado un plan de pago con la recurrida, con el cual había estado cumpliendo. Se quejó de que él contaba con un seguro de incapacidad con la Cooperativa que incluía el pago de sus obligaciones. Alegó que él había presentado la correspondiente reclamación ante la compañía de seguros, la que no le había contestado.

El peticionario no notificó su comparecencia a la Cooperativa.

Mediante resolución emitida el 26 de mayo de 2006, el Tribunal de Primera Instancia le ordenó al peticionario notificar su moción a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR