Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Octubre de 2007, número de resolución KLRA200700791
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA200700791 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 29 de Octubre de 2007 |
DEPARTAMENTO DE ASUNTOS DEL CONSUMIDOR, HON. SECRETARIO DEL DACO ANTONIO GARCIA PADILLA Recurrido v. AVATAR PRODUCTIONS, CORP. INC. Recurrente | | Revisión procedente del Departamento de Asuntos del Consumidor Caso Núm.: AE-JM07-06 Sobre: Reglamento de Prácticas y Anuncios Engañosos |
Panel integrado por su presidenta, la Juez García García, la Juez Varona Méndez y el Juez Cabán
García.
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 29 de octubre de 2007.
El 2, 3 y 4 de febrero de 2007 se celebró en el Coliseo Rubén
Rodríguez del Municipio de Bayamón, Puerto Rico, la actividad Expo Sexo producida por Avatar Productions, Corp. (Avatar) quien se dedica a la producción de exposiciones y ferias.
Como parte de la promoción para la actividad, Avatar publicó en el periódico El Nuevo Día del 30 de enero y 3 de febrero de 2007, un anuncio de página completa. El anuncio incluyó en su parte inferior, el emblema de sus patrocinadores a las actividades promocionales. Entre los emblemas publicados por Avatar, se incluyó el logo
del
Departamento de Salud del Estado Libre Asociado de Puerto Rico (Departamento de Salud).1
Mediante carta del 3 de febrero de 2007, el Departamento de Salud notificó al Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) que Avatar estaba utilizando su logo en la actividad de referencia sin contar con la aprobación del Departamento de Salud para ello. En su comunicación expresó que el emblema del Departamento de Salud era una marca registrada en el Departamento de Estado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y que por tanto ellos ostentaban el control y total discreción sobre su uso.
El 2 de abril de 2007, el DACO emitió contra El Nuevo Día una notificación de violación a la Regla 7(B) (1) del Reglamento Núm. 7231 de 11 de noviembre de 2006, conocido como el Reglamento Contra Prácticas y Anuncios Engañosos. (Reglamento Núm. 7231) La violación consistió en publicar en el periódico El Nuevo Día de 30 de enero y 3 de febrero de 2007, un anuncio que incluía el logo del Departamento de Salud sin autorización previa para la utilización del mismo, constituyendo esto en la mente de los consumidores que el Departamento de Salud patrocinaba y endosaba la actividad.
En dicha notificación de violación al Reglamento Contra Prácticas y Anuncios Engañosos, se le apercibió a Avatar del término de veinte (20) días para contestar dicha notificación de violación y solicitar vista administrativa. La notificación de la agencia apercibió a Avatar que de no contestar la notificación de violación de multa dentro del término concedido, se presumiría la aceptación de la violación imputada y la consecuente resolución administrativa ratificando la multa.
Ante la ausencia de Avatar a los...
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