Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Noviembre de 2007, número de resolución KLAN20060339

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN20060339
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2007

LEXTA20071115-01 Ponce Rolling Mills v. Caribbean Refractory Services, Inc.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIóN JUDICIAL DE PONCE

PANEL IV - SUSTITUTO

PONCE ROLLING MILLS OF PUERTO RICO, INC.
Demandante – Apelado
v.
CARIBBEAN REFRACTORY SERVICES, INC., et als
Demandados – Apelante
KLAN20060339 KLAN20060345 KLAN20060359 KLAN20061475 KLCE200601380 APELACIóN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce Civil Núm.: J AC1996-0578
PONCE ROLLING MILLS PR, INC., et als
Demandantes – Recurridos
v.
CARIBBEAN REFRACTORY SERVICES, INC., et als
Demandados - Peticionarios
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce Civil Núm.: J AC1996-0578

Panel integrado por su presidente, el Juez Ortiz Carrión, la Jueza Varona Méndez y el Juez Piñero González

Varona

Méndez, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 15 de noviembre de 2007.

Comparecen ante nosotros Ponce Rolling Mills of

Puerto Rico, Inc., (PRM) mediante el recurso KLAN20060345; Caribbean Refractory

Services, Inc. (CRS) por vía del caso KLAN20060339; y CIGNA Insurance Company, ahora Ace Insurance Company (CIGNA), caso KLAN20060359. Apelan dichas partes de una sentencia dictada el 31 de enero del 2006, ante el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, que condenó a CRS a resarcirle a PRM $2,612,299.00 por los daños resultantes del incumplimiento contractual de CRS, disponiendo que CIGNA, como aseguradora de CRS, viene obligada al pago de hasta $1,000,000.00 de dicha cantidad, límite dispuesto en la póliza. Luego de dictar sentencia, el foro apelado le impuso a CRS y a CIGNA las costas y el interés legal sobre el monto de la sentencia -desde la fecha de su dictamen hasta su satisfacción-, lo que dio lugar a la presentación de dos recursos de certiorari, KLCE2006-1380 y KLAN2006-1475. En aras de la economía procesal, ordenamos la consolidación de todos los recursos presentados.

Luego de estudiados los hechos, los escritos de las partes, la transcripción de la prueba oral y el derecho aplicable, adjudicamos los recursos del título, CONFIRMAMOS la sentencia y denegamos la expedición de los recursos de certiorari

solicitados.

Comencemos por exponer los hechos probados ante el Tribunal de Primera Instancia, para luego atender los errores señalados por las partes.

I.

En 1994 PRM estableció un molino rodante en Ponce, P.R., para recalentar barras de acero y convertirlas en varillas de construcción. Como parte del proyecto, PRM adquirió e instaló

2 hornos para recalentar la materia prima (acero) y convertirla en varillas para la construcción. La controversia de este caso es en torno al horno número 2. Se llaman hornos de recalentamiento de acero los que procesan acero previamente calentado o fundido, como son las barras de acero. (Ap. pp. 4-5; Transcripción de la prueba oral, (T.P.O.) Leek 11/mayo/04, pp. 35, 39-40).

El 30 de noviembre de 1994, CRS, quien se dedicaba a instalar material refractario1, le sometió una cotización a PRM para la reparación del material refractario del horno, proponiendo proveer los materiales refractarios necesarios, así como el equipo, herramientas, supervisión, labor diestra y no-diestra, seguro2, y contribuciones. CRS preparó y le sometió 3 opciones a PRM, así como las especificaciones del material refractario a utilizarse, su diseño y mezcla. (Ap. pp.

37-39).

Durante diciembre de 1994, PRM contrató a CRS para que instalase el material refractario en los hornos, trabajo que fue completado durante abril de 1995. En julio del mismo año, PRM gestionó los servicios del Sr. James Arthur Leek (en adelante Leek) para que entrenase al personal de PRM en la operación del Molino, lo que incluía el horno. (T.P.O. Leek 11/mayo/04, pp. 66-74).

Leek fue contratado por PRM para entrenar al personal en el uso y operación del equipo del Molino, equipo de guías al Molino y para completar el equipo de combustión. Leek –un ingeniero de diseños mecánicos con 45 años de experiencia, 40 de los cuales han sido con molinos de recalentamiento de acero-, entrenó y supervisó a cerca de 18 empleados de PRM en el uso del equipo de guías, en todos los aspectos de molinos de acero, en la instalación de plomería, las líneas de aire y gas que van a través de válvulas desde un ventilador. Ambas líneas terminan en los quemadores del horno. La instalación de la plomería se completó para fines de enero de 1996. (T.P.O. Leek 11/mayo/05, pp. 37, 39-41, 46-48, 51-57; 21/junio/05, pp. 5-21, 23-24).

Leek obtuvo del Sr. Steven

J. Long (en adelante Long), presidente de CRS, la información sobre el proceso de cura del material refractario instalado en el horno. (T.P.O. Leek

11/mayo/06, pp. 57-64).

Según la información provista por Long, durante febrero de 1996, Leek

llevó a cabo la cura del material refractario instalado por CRS en el horno. Dicho proceso consiste en secar el material, mediante el aumento gradual de la temperatura hasta llevarla a la temperatura operacional del horno de 2,250° F, requerida durante el movimiento de las barras por la columna rodante del horno, para poder moldearlas, alargarlas y convertirlas en varillas durante el rodaje. Luego de la cura, PRM, procedió a probar el funcionamiento del horno, llevándolo a la temperatura operacional de 2,250° F. (T.P.O. Leek 11/mayo/04, pp. 74-80, 85-88, 90-91).

La prueba inicial del funcionamiento del horno se realizó durante 2 días, pero tuvo que ser descontinuada

porque el material refractario se quebró. Leek

apagó el horno y se comunicó con Long para cuestionarle respecto al material refractario e indicarle que había un problema con el ladrillaje en la parte superior y en la columna rodante del horno. (T.P.O. Leek

11/mayo/04, pp. 102-109).

Long visitó las instalaciones de PRM y luego de que se enfrió el horno, lo examinó. Concluyó que el ladrillaje estaba suelto por falta de anclaje

en la columna y los laterales del horno. Leek

pudo observar los ladrillos sueltos. Long

procedió a instalar ladrillos dúctiles sobre la columna rodante y la base del horno, y colocó un anclaje entre los ladrillos, lo que consistió en rellenar el espacio entre ellos con material refractario moldeable. Este trabajo tomó alrededor de 7 días, para fines de febrero de 1996. (T.P.O. Leek 11/mayo/04, pp. 105-113, 128-173, 189-190; 12/mayo/04, pp. 2-3; 21/junio/04, pp. 50-51).

Al instalarse material refractario nuevo por CRS, fue necesario realizar una segunda cura del horno. Al igual que la primera vez, Leek

siguió las instrucciones de Long en este proceso, gradualmente llevando el horno a 2,250° F. (T.P.O. Leek

11/mayo/04, pp. 173-175).

Completada la segunda cura, hubo que apagar el horno, ya que las barras de acero no pasaban porque los ladrillos instalados por CRS en los bordes del horno fueron colocados a niveles diferentes. El lado izquierdo estaba más alto que el derecho, lo que ocasionaba que las barras se inclinasen. Luego de que el horno se enfrió lo suficiente, CRS procedió a lijar 1/8 de pulgada en uno de los lados del horno para intentar corregir el desnivel. (T.P.O. Leek 11/mayo/04, pp.

175-184).

Al no haberse instalado nuevo material refractario, no fue necesario someter el horno a una nueva cura. Así, alrededor de fines de febrero o principio de marzo de 1996, se encendió el horno, llevando la temperatura operacional a unos 1,500°F. Se insertaron una o dos barras de acero para probar el funcionamiento del molino. Mientras se elevaba la temperatura del horno hasta llegar a 2,250° F, las barras volvieron a mezclarse entre sí. Éstas no pudieron desplazarse dentro del horno, por lo cual fue necesario apagarlo nuevamente. (T.P.O. Leek 11/mayo/04, pp. 184-185).

El Sr. Long sugirió hacer surcos en los ladrillos con unos rodillos especiales para evitar que las barras giraran. CRS realizó esta reparación para mediados de marzo de 1996, haciendo los surcos en el ladrillaje de la columna rodante y en la base o cama del horno. (Tr. Leek

5/11/04, pp. 188-196; Tr. Leek 5/12/04, pp. 8-13).

Nuevamente se probó la operación del Molino; luego de llevar la temperatura del horno a 2,250° F, se insertaron barras de acero. Se logró rolar barras por uno o dos días de prueba, al cabo de los cuales el horno se rompió otra vez. Esta vez, el material refractario viejo instalado por CRS sobre el cual CRS colocó material nuevo, se levantó. (T.P.O. Leek 12/mayo/04, pp. 13-18).

Long llamó a A.P. Green, manufacturero de material refractario en Estados Unidos, quien le dio recomendaciones de cómo reparar el horno. (T.P.O. Leek

12/mayo/04, pp. 19-22).

Cerca del 21 de marzo de 1996, CRS removió 6 pulgadas de material refractario que había instalado para observar el existente, reformó la columna rodante, insertó material de molde y colocó “dientes” en la parte superior de la columna rodante para impedir que las barras rodasen libremente, según el diagrama de A.P. Green. Además, instaló material refractario nuevo en todo el horno, por lo que hubo que volver a curar dicho material bajo las instrucciones de Long. (T.P.O. Leek 12/mayo/04, pp.

22-28).

Luego del proceso de cura se procedió a pasar barras de acero por el molino, el cual operó bien por aproximadamente 2 semanas, durante cuyo período se produjeron alrededor de 5 toneladas de varillas. Este período de prueba era necesario para ajustar los mecanismos del molino. No es comparable con una producción normal, ya que se operaba el molino durante dicho período de prueba de manera escalonada. El horno no pudo llegar a su capacidad, ya que se volvió a romper el material refractario instalado por CRS para junio o julio de 1996, y hubo que paralizar su operación. (T.P.O. Leek 12/mayo/04, pp. 28-30, 46-58, 67-68).

Ante esta situación, tanto Leek como Long se comunicaron con otras personas de la industria de materiales refractarios; luego de que el horno se enfrió y tras Long indicar que no tendría nada más que ver con el mismo...

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