Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Noviembre de 2007, número de resolución KLAN200701435

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN200701435
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución27 de Noviembre de 2007

LEXTA20071127-07 Puerto Rico Wire Products Inc. v. San Jose Construction

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE CAGUAS

PUERTO RICO WIRE PRODUCTS INC. ET ALS APELADO VS SAN JOSE CONSTRUCTION S.E. PUERTO RICAN AMERICAN INSURANCE CO. ETC. APELANTE KLAN200701435 APELACION procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de SAN LORENZO Caso Núm: E2CD20060060 Sobre: COBRO DE DINERO

Panel integrado por su presidente, la juez Pesante Martínez, el juez Escribano Medina, y la juez Hernández

Torres

Escribano Medina, Juez Ponente

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico a 27 de noviembre de 2007.

Puerto Rican American Insurance Company, en adelante la apelante, acude ante este Tribunal y solicita, mediante recurso de apelación, la revocación de una sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia (TPI), Sala de San Lorenzo (Hon. Anthony Cuevas Ramos, J.), en el caso de Puerto Rico Wire Products,Inc.

y otros v. San José Construction, S. E. y otros, Civil Núm. E2CI2005-00060.

Dicha sentencia fue dictada el 29 de agosto de 2006 y archivada en autos el 30 de agosto de 2006. Mediante dicha sentencia, el TPI dictó Sentencia Sumaria por entender que no existían cuestiones de hechos en controversia.

Posteriormente, mediante sentencia notificada el 22 de junio de 2007, en el caso AC2006-0088, el Tribunal Supremo ordenó al Tribunal de Primera Instancia que notificara adecuadamente la sentencia a la co-demandada S.J. Construction a través de edictos.

El 22 de agosto de 2007, la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia notificó la sentencia por edictos y fue acreditada su publicación en un periódico de circulación general los días 30 de agosto de 2007 y 6 de septiembre de 2007.

I

Puerto Rico Wire Products,Inc. y otros presentaron una demanda en cobro de dinero, alegando que San José Construction, S. E. les adeudaba la cantidad de $56,021.29, por concepto de venta y/o alquiler de materiales de construcción. La deuda está relacionada a un proyecto conocido como Villas de Casteglioni, en Palmas del Mar. En la demanda, se le solicita a San José Construction el pago de la cantidad antes mencionada por ser los contratistas de la obra y de Puerto Rican American Insurance, por ser la compañía que emitió la fianza para el proyecto.

San José, fue debidamente emplazada mediante edictos y se le anotó la rebeldía por no contestar la demanda. La apelante fue debidamente emplazada y contestó la demanda, aceptando haber emitido la fianza de pago conocida como”Payment Bond”.

Luego del descubrimiento de prueba, la parte demandante aquí apelada presento Moción de Sentencia Sumaria, debidamente juramentada, haciendo constar la existencia de la deuda y que la misma no ha sido pagada por ninguna de las partes. Sometió prueba documental acreditando la deuda y alegó no existir controversia real de hechos y que en derecho procedía el remedio solicitado.

Según se hace constar en la sentencia del TPI, surgió de la prueba presentada que la parte aquí apelada le vendió y alquiló a San José Construction

materiales por la suma reclamada. Además, surge habérsele requerido el pago de la deuda a éstos y a la fiadora.

La apelante presentó escrito en oposición a la moción de sentencia sumaria, sin juramentar. Tampoco incluyó declaraciones juradas que apoyaran su posición. De otra parte, presentó una solicitud de desestimación y/o Sentencia Sumaria Parcial sin juramentar, alegando que la parte aquí apelada no cumplió con la notificación previa para reclamar la suma de $34,694.39. A lo planteado, los apelados señalaron que la apelante, como fiadora, quería...

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