Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Noviembre de 2007, número de resolución KLRA0700219

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA0700219
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2007

LEXTA20071130-32 Marrero Vázquez v. Dorado Condominium,S.E.

H/N/C

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL V

ELIZABETH MARRERO VÁZQUEZ Y MIGUEL QUIÑONES RIVERA Recurrente v. DORADO CONDOMINIUM, S.E. H/N/C AQUARIUS VACATION CLUB Recurridos
KLRA0700219
REVISIÓN ADMINISTRATIVA del Departamento de Asuntos del Consumidor Querella Núm. 100032751 Sobre: DACo. Cancelación de “time sharing”.

Panel integrado por su Presidente, el Juez Arbona Lago, el Juez Salas Soler y la Jueza

Velázquez Cajigas

Salas Soler, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de noviembre de 2007.

Los señores Elizabeth Marrero

Vázquez y Miguel Quiñones Rivera, casados entre sí al amparo de capitulaciones matrimoniales, (Recurrente o Marrero) recurren oportunamente el 15 de marzo de 2007 mediante Recurso de Revisión ante este foro, en el interés de que revisemos la Resolución emitida por el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo) el 24 de enero de 2007 notificada el mismo día. La Resolución emana de la

Querella núm. 10032751 que Marrero presentara ante el organismo regulador contra Dorado Condominium, S.E., H/N/C Aquarius Vacation

Club, (Aquarius o Recurridos). El DACo

desestimó la querella instada por Marrero por ésta no haber cumplido con la cláusula de cancelación del contrato que ambas partes suscribieran mediante el cual Marrero adquiriera de Aquarius el derecho a utilizar un apartamento en el Boquerón Beach Resort en Cabo Rojo, una semana anualmente, por un período de (60) años.

Inconforme, Marrero señala que el DACo erró al establecer que la Recurrente no solicitó la cancelación del referido contrato a tenor con lo dispuesto para ello; al no considerar las actitudes y acciones dolosas de la Recurrida a través de sus representantes, agentes y/o empleados, indicándole que al no poder cancelar el contrato, la Recurrente debería saldar todo el intervalo “time sharing”

para que de ésta forma comprárselo, empeorando aún más la situación económica de Marrero, sin que tuviera ninguna esperanza, ya que la indujeron a error, a través de una situación dolosa grave, y al no considerar las alegaciones de la querella y la prueba presentada en el vista evidenciaria sobre las actuaciones dolosas y engañosos por parte de Aquarius.

El 27 de marzo de 2007 calendarizamos el trámite apelativo que seguiríamos. El 26 de abril de 2007 impartimos instrucciones para que se enmendaran determinadas direcciones sobre las notificaciones.

El 23 de mayo de 2007 emitimos Resolución en la que le expresamos las partes que los términos pautados para perfeccionar la causa habían...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR