Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Noviembre de 2007, número de resolución KLRA0700219
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA0700219 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 30 de Noviembre de 2007 |
LEXTA20071130-32 Marrero Vázquez v. Dorado Condominium,S.E.
H/N/C
ELIZABETH MARRERO VÁZQUEZ Y MIGUEL QUIÑONES RIVERA Recurrente v. DORADO CONDOMINIUM, S.E. H/N/C AQUARIUS VACATION CLUB Recurridos | | REVISIÓN ADMINISTRATIVA del Departamento de Asuntos del Consumidor Querella Núm. 100032751 Sobre: DACo. Cancelación de time sharing. |
Panel integrado por su Presidente, el Juez Arbona Lago, el Juez Salas Soler y la Jueza
Velázquez Cajigas
Salas Soler, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de noviembre de 2007.
Los señores Elizabeth Marrero
Vázquez y Miguel Quiñones Rivera, casados entre sí al amparo de capitulaciones matrimoniales, (Recurrente o Marrero) recurren oportunamente el 15 de marzo de 2007 mediante Recurso de Revisión ante este foro, en el interés de que revisemos la Resolución emitida por el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo) el 24 de enero de 2007 notificada el mismo día. La Resolución emana de la
Querella núm. 10032751 que Marrero presentara ante el organismo regulador contra Dorado Condominium, S.E., H/N/C Aquarius Vacation
Club, (Aquarius o Recurridos). El DACo
desestimó la querella instada por Marrero por ésta no haber cumplido con la cláusula de cancelación del contrato que ambas partes suscribieran mediante el cual Marrero adquiriera de Aquarius el derecho a utilizar un apartamento en el Boquerón Beach Resort en Cabo Rojo, una semana anualmente, por un período de (60) años.
Inconforme, Marrero señala que el DACo erró al establecer que la Recurrente no solicitó la cancelación del referido contrato a tenor con lo dispuesto para ello; al no considerar las actitudes y acciones dolosas de la Recurrida a través de sus representantes, agentes y/o empleados, indicándole que al no poder cancelar el contrato, la Recurrente debería saldar todo el intervalo time sharing
para que de ésta forma comprárselo, empeorando aún más la situación económica de Marrero, sin que tuviera ninguna esperanza, ya que la indujeron a error, a través de una situación dolosa grave, y al no considerar las alegaciones de la querella y la prueba presentada en el vista evidenciaria sobre las actuaciones dolosas y engañosos por parte de Aquarius.
El 27 de marzo de 2007 calendarizamos el trámite apelativo que seguiríamos. El 26 de abril de 2007 impartimos instrucciones para que se enmendaran determinadas direcciones sobre las notificaciones.
El 23 de mayo de 2007 emitimos Resolución en la que le expresamos las partes que los términos pautados para perfeccionar la causa habían...
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