Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Noviembre de 2007, número de resolución KLRA200700336
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA200700336 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 30 de Noviembre de 2007 |
AUTORIDAD DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE PUERTO RICO (AEE) Recurrente v. GILBERTO RIVERA LEBRÓN Recurrido | | REVISIÓN ADMINISTRATIVA Procedente de la Autoridad de Energía Eléctrica Caso Núm.: QG-06-853 |
Panel integrado por su presidente, el Juez López Feliciano, la Jueza Pabón Charneco y el Juez Hernández Serrano
López Feliciano, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico a 30 de noviembre de 2007.
La Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico (A.E.E.) comparece ante este Tribunal de Apelaciones solicitando que revoquemos un dictamen emitido por un Oficial Examinador de dicha agencia, Lcdo. Ángel F. Rossy
García, el 9 de marzo de 2007 y notificado el mismo día. Mediante el dictamen recurrido el Oficial Examinador declaró con lugar una querella de impugnación de nombramiento en sustitución temporera presentada por el Sr. Gilberto Rivera Lebrón (el recurrido).
El recurrido no compareció dentro del término reglamentario a presentar su alegato, por lo que resolvemos sin el beneficio de su comparecencia.
El 20 de noviembre de 2005 la Sra. Yolanda Rivera Rivera (Rivera Rivera) fue nombrada en sustitución temporera en el puesto de Gerente Auxiliar del Departamento de Presupuesto de la A.E.E.
El 29 de marzo de 2006 el recurrido impugnó este nombramiento ante el Director de Asuntos Laborales, Lcdo. Raúl Rosado Toro. En su carta de impugnación alegó, inter alia, que a pesar de tener los requisitos y destrezas necesarias para ocupar dicho puesto no fue considerado para realizar la sustitución. Señaló además que mantener empleados en sustitución de plazas de carrera para las que no cumplen con todos los requisitos por encima de otros que los sobrepasamos trae como consecuencia que los cualifiquen para la plaza y cuando las publican se las otorgan a ellos.
La correspondiente vista se celebró el 11 de diciembre de 2006 ante el Oficial Examinador. Durante la misma las partes estipularon la admisibilidad
de la prueba documental y ciertos extremos relacionados con la misma. Por su importancia citamos in extenso las referidas estipulaciones:
Exhibit I(a) de Ambas Partes Análisis de experiencia del querellante Gilberto Rivera Lebrón para la plaza que es aquí objeto de disputa.
Exhibit I(b) de Ambas Partes Análisis de experiencia de la interventora Yolanda Rivera Rivera
para la plaza que es aquí objeto de disputa.
En cuanto al Exhibit I(a) estipularon las partes, además, que el querellante acumuló experiencia de la requerida para la plaza que es aquí objeto de disputa en las plazas por él ocupadas de Auditor Interno III, Asesor Director de Finanzas, Supervisor de Departamento de Contabilidad General, así como aquella experiencia que le fue reconocida fuera de la Autoridad como Management and Budget Analyst, Seminole County Goverment, así como Budget Analyst II, Highlands County. Se le reconoce así por estipulación de partes un total de 14 años, 7 meses y 28 días de experiencia de la requerida para la plaza.
En lo atinente al Exhibit I(b), estipularon las partes que la interventora Yolanda Rivera Rivera
contaba para la fecha de la adjudicación de la plaza que es aquí objeto de disputa con 3 años 5 meses y 11 días de experiencia de la requerida para el puesto que le fue adjudicado en sustitución temporera como Gerente Auxiliar del Departamento de Presupuesto.
Exhibit II de Ambas Partes Codificación de Clase de la plaza que es aquí objeto de disputa, Supervisor Auxiliar Departamento de Presupuesto.
En lo pertinente y según surge de ésta, la preparación académica y experiencia mínima requerida para la referida plaza es como sigue:
(a) Graduado de un colegio o universidad acreditada con un grado de Bachillerato en Administración de Empresas con concentración en Contabilidad o Finanzas. (b) Seis años de experiencia en trabajos de análisis de estados financieros y presupuesto, que incluya experiencia en supervisión.
Exhibit III de Ambas Partes Certificación que acredita que el querellante Gilberto Rivera Lebrón completó los requisitos establecidos por la Association of Certified Fraud Examiners y así está certificado a partir del 25 de junio de 2003 como ´Certified Fraud
Examiner.
Exhibit IV de Ambas Partes Análisis de expediente del querellante Gilberto Rivera Lebrón.
En lo atinente a este Exhibit estipularon las partes que el querellante comenzó a prestar servicios en la Autoridad el 25 de mayo de 1980 en una plaza de Auxiliar de Asuntos Gerenciales. La aquí interventora Yolanda Rivera Rivera
comenzó a prestar servicios en la Autoridad el 27 de abril de 1987 en una plaza de Secretaria Dactilógrafa.
Exhibit V de Ambas Partes Certificaciones sobre cursos de mejoramiento profesional y adiestramiento tomados por el querellante relacionados con la plaza por él solicitada y que es aquí objeto de disputa, a saber 19 en total. Éstos son los siguientes:
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Certified Fraud Examiner Certificate
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Investment and Cash Management
Audit
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Meaningful Performance Benchmarks and...
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