Sentencia de Tribunal Apelativo de 10 de Diciembre de 2007, número de resolución KLCE2007001090
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE2007001090 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 10 de Diciembre de 2007 |
LEXTA20071210-04 Pueblo de P.R. v. Vázquez Carrasquillo
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES
REGION JUDICIAL DE CAGUAS
EL PUEBLO DE PUERTO RICO PETICIONARIO V. JOSUÉ VÁZQUEZ CARRASQUILLO RECURRIDO | KLCE2007001090 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de CAGUAS Caso Núm: ELA2006G0114 Sobre: LEY DE ARMAS | ||||
Panel integrado por su presidenta, la juez Pesante Martínez, el juez Escribano Medina y la juez Hernández
Torres
R E S O L U C I Ó N
En San Juan, Puerto Rico a 10 de diciembre de 2007.
Comparece el peticionario, Procurador General y solicita la revisión de la resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas (Ho. Edgardo
Rivera García, J.), notificada el 21 de junio de 2007. En la misma, el Tribunal denegó la enmienda a la acusación solicitada por el peticionario.
Contra el recurrido se presentaron denuncias por asesinato en primer grado e infracción al artículo 5.04 de la Ley de Armas de 2000, según enmendada por la ley 27 de 10 de
enero de 2003. Tras las correspondientes determinaciones de causa probable para arresto, señalaron los casos para vista preliminar. En vista preliminar, la Honorable Juez Tomasa
del C. Vázquez determinó no causa para acusar por asesinato y causa para acusar por infracción al artículo 5.04 de la Ley de Armas.
Inconforme, el ministerio fiscal recurrió a vista preliminar en alzada, la cual se celebró ante el Honorable Alberto Pérez Ocasio.
Éste mantuvo la determinación de no causa por asesinato y la determinación de causa por infracción al artículo 5.04 de la Ley de Armas. El ministerio público presentó la acusación por infracción al artículo 5.04 de la Ley de Armas.
Señalado el caso para juicio, a petición de la defensa el Tribunal le ordenó a la Fiscal Yaritza Carrasquillo
Aponte que enmendara la acusación para eliminar la referencia a que el arma fue utilizada en la comisión del delito de asesinato en primer grado. La defensa se basaba en que contra el recurrido se determinó no causa probable para acusarlo por asesinato en primer grado, en vista preliminar en alzada. La Fiscal invocaba que el arma mencionada fue utilizada por el co-acusado
Jeffrey Figueroa para cometer asesinato, lo que culminó con una sentencia de convicción por ese delito. En cumplimiento con la orden del Tribunal, la Fiscal presentó la acusación enmendada, que no hacía referencia al asesinato. Luego, la fiscal, en corte abierta, le solicitó al Tribunal que le permitiera enmendar la acusación para...
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