Sentencia de Tribunal Apelativo de 18 de Diciembre de 2007, número de resolución KLCE200701576

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE200701576
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2007

LEXTA20071218-18 Torres Torres v. Vázquez Díaz

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE CAROLINA/GUAYAMA

PANEL XIII

MARIANO TORRES TORRES y otros Demandantes-Recurridos
v.
NORMA VÁZQUEZ DÍAZ, AUTORIDAD DE ENERGÍA ELÉCTRICA Demandados-Peticionarios
KLCE200701576
CERTIORARI Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina Caso Núm.: F DP2002-0731 (403) Sobre: Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidente, el Juez Ortiz Carrión, la Juez Fraticelli Torres y el Juez Rosario Villanueva

Rosario Villanueva, Juez Ponente

RESOLUCION

En San Juan, Puerto Rico, a 18 de diciembre de 2007.

Comparece ante nos la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico (AEE) mediante el recurso de Certiorari y solicita que revoquemos la determinación del Tribunal de Primera Instancia (T.P.I.) en la que ordena el pago de los honorarios de los peritos como costas.

Por los fundamentos que exponemos a continuación denegamos la expedición del auto de certiorari.

I

El 10 de diciembre de 2002 se presentó una demanda en daños y perjuicios. En la misma el señor Mariano Torres Torres (recurrido) alegó que el 14 de diciembre de 2001 fue arrollado por un vehículo de motor conducido por la codemandada Norma Vázquez Díaz en la Urb. Villa Carolina, Avenida Campo Rico del Municipio de Carolina.

Dicho accidente ocurrió mientras el señor Torres cruzaba la mencionada avenida cerca de la Panadería Ricadona. Este impacto le causó traumas corporales y daños físicos y emocionales, por los cuales solicitó compensación. Según alegado, el accidente se debió a la negligencia de la conductora Norma Vázquez García y de la Autoridad de Energía Eléctrica, al no haber estado el área iluminada por alumbrado eléctrico debido a la falta de mantenimiento por parte de dicha agencia.

Ambos codemandados contestaron la demanda negando responsabilidad por el accidente. El 8 de mayo de 2006 las partes presentaron al T.P.I.

el Informe de Conferencia Preliminar entre abogados. Tanto la parte recurrida como la codemanda Autoridad de Energía Eléctrica anunciaron prueba pericial en el aspecto de negligencia y en el aspecto de los daños físicos y grado de incapacidad del recurrido Mariano Torres Torres como consecuencia del accidente al que se refiere la demanda.

Durante el juicio la parte recurrida presentó dos testigos periciales

para probar su caso, al Ingeniero Luis Antonio Rivera Ortiz

y al Dr. José Raúl Ortiz Rubio. El primero testificó, en síntesis, que el accidente ocurrió por la pobre visibilidad de la zona debido a un foco inservible de la AEE. El peatón no pudo ver al vehículo y la conductora del vehículo no pudo ver al peatón. El Dr. Ortiz Rubio testificó sobre la incapacidad física general del recurrido como consecuencia de las lesiones recibidas en el accidente.

La AEE por su parte presentó como testigos periciales al Ingeniero Rafael Cruz Román y al Dr. Néstor Cardona Cancio.

Celebrada la vista en su fondo el T.P.I. dictó sentencia, que al día de hoy es final y firme. En dicha sentencia, el T.P.I. concluyó que tanto el recurrido como la co-peticionaria AEE incurrieron en negligencia, y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR