Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Enero de 2008, número de resolución KLAN0700687

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0700687
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución30 de Enero de 2008

LEXTA20080130-04 Consejo de Titulares Condominio Cristina

Del Mar v. Cofresi Beach

Club

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE MAYAGÜEZ-AGUADILLA

CONSEJO DE TITULARES CONDOMINIO CRISTINA DEL MAR Demandante-Apelante V. COFRESI BEACH CLUB, FRANCISCO I. SELLA FUENTES
Demandados-Apelados
KLAN0700687 APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez CASO NÚM. IAC1999-0180 SOBRE: DAÑOS Y PERJUICIOS

Panel integrado por su presidente, el Juez Rodríguez Muñiz, el Juez Soler Aquino y el Juez Cordero Vázquez.

Soler Aquino, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de enero de 2008.

La parte demandante apela de la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia el 20 de febrero de 2007, archivada en autos el 15 de marzo de 2007, de la cual solicitó reconsideración

el 23 de marzo de 2007 y fue declarada no ha lugar, mediante orden notificada el 18 de abril de 2007.

Dicha parte alega que el foro apelado erró al aplicar la doctrina de la Ley del Caso en el presente proceso y negarse por ello a considerar la evidencia provista por la parte demandante.

La demanda de título se basa en una acción reinvindicatoria, nulidad de escritura y nulidad de asiento

registral. La demandante alegó ser la dueña, mediante sentencia, del inmueble descrito en la demanda y que la demandada a sabiendas y de mala fe obtuvo su titularidad, mediante la escritura de compraventa otorgada el 17 de junio de 2003.

La demandada alegó desconocer del pleito entablado por la demandante en relación al predio en controversia, el cual adquirió conforme a las constancias del registro e invocó las protecciones del tercero registral.

Además, alegó que desde la fecha en que adquirió el inmueble, hasta la presentación de la demanda, transcurrieron 5 años sin que la demandante le hiciera ningún reclamo.

Ambas partes expresaron en que la controversia principal gira en torno a, si la demandada es tercero registral. Conforme a lo ordenado, la demandada presentó un Memorando de Derecho sobre su posición. Sin embargo, la demandante no cumplió con la orden del tribunal a esos efectos.

Esta última sometió su caso sin presentar el testimonio anunciado en el Informe de Conferencia con Antelación al Juicio. La demandada presentó la escritura, mediante la cual adquirió el inmueble.

De acuerdo a la evidencia documental presentada y las estipulaciones que surgen del Informe de Conferencia con...

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