Sentencia de Tribunal Apelativo de 6 de Febrero de 2008, número de resolución KLAN0701463

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0701463
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución 6 de Febrero de 2008

LEXTA20080206-02 González Figueroa v. Torres Hernández

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE CAROLINA GUAYAMA

PANEL XIII

IRIS J. GONZALEZ FIGUEROA Demandante Apelada v. JOSUE M. TORRES HERNANDEZ Demandado Apelado MIGUEL MARTINEZ HERNANDEZ Demandado Apelante KLAN0701463 Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina FFI-06-0029 (302) Impugnación de Paternidad; Filiación; Alimentos

Panel integrado por su presidente Juez Ortiz Carrión, la Jueza Fraticelli Torres y el Juez Rosario Villanueva

Ortiz Carrión, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 6 de febrero de 2008.

Miguel Martínez Hernández apela una Sentencia en la cual el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, en una demanda sobre impugnación de paternidad, filiación y alimentos, determinó que él es el padre de la menor, y le fijó una pensión alimentaria de $100 mensuales retroactiva a la fecha de la presentación de la demanda.

En su recurso Martínez Hernández plantea que le tribunal apelado erró al ordenar el pago retroactivo de la pensión alimentaria en un caso de filiación a la fecha de la presentación de la demanda, cuando la menor tenía otra persona que voluntariamente la reconoció como hija y quien la alimentó todo ese tiempo.

Los hechos procesales pertinentes son como sigue: El 2 de octubre de 2006, Iris J. González Figueroa, en representación de su hija menor M.N.T.G. presentó una demanda de impugnación de paternidad, filiación y alimentos contra Josué M. Torres Hernández y Miguel Martínez Hernández. En la demanda se alegó que González Figueroa tuvo una relación consensual con Martínez Hernández y de esa relación nació la menor M.N.T.G.; cuando nació la menor, Torres Hernández, padre biológico de otro hijo de González Figueroa, reconoció a la menor M.N.T.G. como su hija. González Figueroa

que el tribunal establezca que Martínez Hernández es el verdadero padre de la menor y le fije una pensión alimentaria. Martínez Hernández negó las alegaciones en su contra.

Tras varios trámites procesales, el 5 de septiembre de 2007, notificada el 13 de septiembre, el TPI dictó la sentencia apelada. El TPI determinó que, conforme al resultado de la prueba de ADN, la menor es hija de Martínez Hernández, ordenó al Registro Demográfico corregir los apellidos de la menor, y fijó una pensión alimentaria provisional de $100 mensuales, retroactiva a la fecha de la presentación...

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