Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Febrero de 2008, número de resolución KLAN0701143

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0701143
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución29 de Febrero de 2008

LEXTA20080229-05 Ortíz Ramos v. Johncristmig Progressive Center, Inc.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VI

EVELYN ORTIZ RAMOS Apelante v. JOHNCRISTMIG PROGRESSIVE CENTER, INC. Apelados KLAN0701143 APELACIÖN procedente del TPI, Sala Superior de Bayamón Reclamación por Despido Discriminatorio por Razón de Embarazo, de Salarios y Beneficios Marginales bajo el Procedimiento Sumario de la Ley #2 DPE2002-0911 (502)

Panel integrado por su Presidente, el Juez Rivera Román, la Jueza Coll Martí y el Juez Vizcarrondo Irizarry.

Coll Martí, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 29 de febrero de 2008.

Ha comparecido mediante recurso de Apelación la Sra. Evelyn Ortiz

Ramos y nos pide la revocación de una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia que declaró Sin Lugar en todas sus partes la Demanda por Despido Discriminatorio, Salarios y Beneficios Marginales, incoada por la apelante, a excepción de su reclamación por el Bono de Navidad con una cantidad igual como penalidad.

Por las razones que exponemos a continuación, CONFIRMAMOS la Sentencia apelada.

I

La apelante trabajó como enfermera graduada en el Johncristmig Progressive

Center, Inc., desde el 16 de febrero de 2001 hasta el 18 de diciembre del

mismo año y devengaba un salario de $1,200 mensuales. Dicha institución, que es la demandada y apelada, ofrece servicios a pacientes con condiciones mentales.

La apelante fue despedida mediante carta notificada por el correo ordinario el 18 de diciembre de 2001. Mediante Certificado Médico fechado el 31 de octubre de 2001, la institución apelada recibió notificación de que la apelante estaba embarazada.

El Dr. William

Alemañy le ordenó descanso absoluto a la apelante desde el 1 de noviembre hasta el 10 de diciembre de 2001.

La apelante no se incorporó a su trabajo el 11 de diciembre de 2001 cuando terminó el período de descanso ordenado. Tampoco se comunicó con su patrono.

Luego de múltiples incidentes procesales en los que intervinieron este foro apelativo y el Tribunal Supremo de Puerto Rico, el 30 de abril de 2007 se celebró la Vista en su fondo. Los testigos de la demandante, aquí apelante, fueron ella y su esposo. Por la parte demandada, aquí apelada, testificó la Sra. Idalia

Flores, Supervisora de la apelante y Coordinadora de Servicios de la institución, y quedaron a disposición de la demandante los demás testigos de la demandada, de los cuales la demandante utilizó al Sr. Miguel Colón.

Luego de aquilatar tanto la prueba testifical

como documental desfilada, el...

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