Sentencia de Tribunal Apelativo de 13 de Marzo de 2008, número de resolución KLCE0701917

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0701917
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución13 de Marzo de 2008

LEXTA20080313-04 Molina Maldonado v. Rivera Torres

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE ARECIBO/FAJARDO/AIBONITO

PANEL IX

DAMARIS MOLINA MALDONADO, Por sí y en representación de sus hijas menores de edad Keyshla Marie Camacho Molina y Natalie Camacho Molina; Héctor Camacho Cosme Demandantes-Recurridos v. LUIS A. RIVERA TORRES; DOMINGO RIVERA TORRES, Fulano de Tal y Mengano de Cual; John Doe; Compañías Aseguradoras XYZ; Cooperativa de Seguros Múltiples de Puerto Rico Demandados-Peticionarios
KLCE0701917
Certiorari Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Arecibo CIVIL NUM. CDP2002-0060 SOBRE: CONSIGNACIÓN DE PAGO SENTENCIA

Panel integrado por su presidente el Juez Martínez Torres, la Juez Feliciano Acevedo y el Juez Miranda de Hostos.

Feliciano

Acevedo, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 13 de marzo de 2008.

Mediante recurso de Certiorari comparece la Cooperativa de Seguros Múltiples de Puerto Rico (Cooperativa o peticionaria). Nos solicita que revisemos la Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo (TPI), el 5 de noviembre de 2007, notificada el 30 de noviembre de 2007. La Resolución recurrida ordenó el pago de la suma de $102,816.78 por concepto de intereses presentencia y posteriores a la consignación de la suma adeudada.

Por los fundamentos que a continuación expresamos, resolvemos expedir el auto solicitado y revocar la Resolución recurrida.

I

Nuevamente tenemos ante nuestra consideración el caso de marras. El 19 de marzo de 2001, falleció en un accidente de tránsito el Sr. Nelson Luis Camacho Alvarado. Su viuda, la Sra. Damaris

Molina Maldonado, por sí y en representación de sus hijas y el Sr. Héctor Camacho

Cosme, tío y padre de crianza del fallecido (recurridos), presentaron la demanda sobre daños y perjuicios por la muerte del Sr. Camacho Alvarado, en contra de los señores Luis A. Rivera Torres y Domingo Rivera Torres. En síntesis, alegaron que la causa del referido accidente fue la negligencia del codemandado Luis A. Rivera Torres al conducir su vehículo a velocidad excesiva y que el codemandado Domingo Rivera Torres era responsable vicariamente por prestar su auto al codemandado. Contestada la demanda, la misma fue enmendada para incluir a la Cooperativa como parte demandada, toda vez que era la aseguradora del codemandado Luis A. Rivera Torres.

Culminados los trámites de rigor, el TPI emitió Sentencia el 16 de junio de 2006, declaró con lugar la demanda por daños y perjuicios e impuso el pago...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR