Sentencia de Tribunal Apelativo de 10 de Abril de 2008, número de resolución KLRA200800024

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA200800024
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución10 de Abril de 2008

LEXTA20080410-006 Gutierrez Latorre v. Directora Administrativa de los Tribunales

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE SAN JUAN Y HUMACAO

PANEL V

BLANCA I. GUTIERREZ LATORRE
APELANTE-RECURRENTE
v. DIRECTORA ADMINISTRATIVA DE LOS TRIBUNALES
APELADA-RECURRIDO
KLRA200800024 REVISIÓN ADMINISTRATIVA Procedente de la Junta de Personal de la Rama Judicial Sobre: Separación en Periodo Probatorio Querella Núm. 06-142

Panel integrado por su presidente, Juez Arbona Lago, el Juez Salas Soler y la Jueza Cotto

Vives.

Arbona Lago, J.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 10 de abril de 2008.

Hechos

La parte recurrente, Sra. Blanca I. Gutiérrez Latorre (Sra. Gutiérrez) prestó servicios a la Rama Judicial en calidad de Secretaria Auxiliar I con nombramiento transitorio, desde el 10 de mayo al 31 de diciembre de 2005. El título del puesto era de Auxiliar de Sistemas de Oficina I, dentro del sistema uniforme, adscrito al Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Germán.

El 19 de septiembre de 2005 la Sra. Gutiérrez recibió una evaluación numérica de 3.03, dentro de la categoría superior. El informe expuso lo siguiente en el encasillado de “Perfil De Desarrollo”.

Área de Fortaleza

Ofrece sugerencias razonables respecto a su trabajo para facilitar el mismo. Aprendió con facilidad a trabajar los casos civiles en el sistema SIAT.

Área de Mejoramiento

Cumplir con normas e instrucciones impartidas por su supervisora.

Mejorar sus relaciones interpersonales

Posteriormente y obviamente atendiendo a la anterior experiencia, la Sra. Gutiérrez fue citada el 26 de febrero de 2006 conforme al listado de elegibles (quintas), seleccionada y luego nombrada el 3 de abril de 2006, para un puesto de Secretaria Auxiliar del Tribunal I, dentro del empleo uniforme, con carácter de probatorio, adscrito a la Sala del Tribunal Municipal de San Germán.

Al momento de este segundo nombramiento se le informó a la Sra. Gutiérrez que será sometida a evaluación en dos ocasiones, a mitad y al final del periodo probatorio. Esta segunda etapa de empleo comenzó el 4 de abril de 2006.

Surge de autos, tanto por exposición de la recurrente como el récord oficial de la Oficina de Administración de Tribunales (OAT), que en esta segunda ocasión la experiencia de empleo fue diametralmente distinta.

La Sra. Gutiérrez expone que desde el primer día su supervisora de San Germán “…inicia un patrón de acoso laboral…” (Solicitud De Revisión, pág. 6).

Por parte de la OAT, consta en autos que el 2 de mayo de 2006 la Juez Administradora Auxiliar del Tribunal de San Germán (Hon.

Carmen Olga Martínez – Almodóvar) solicitó la intervención de la Oficina de Recursos Humanos de la OAT, para intervenir con la Sra. Gutiérrez. Según se desprende de la comunicación confidencial del 6 de junio de 2006, se trata de:

[…] problemas de comunicación, actitud, incumplimiento con normas y desempeño en general de esta empleada que estaban ocurriendo en el área de trabajo. Por entender la Juez que esta reunión no rindió los frutos esperados solicitó mi interención1.

[…]

[…]

Ante el cuadro planteado, recomendé se realizara una Evaluación Especial de Periodo Probatorio cónsona con el Sistema de Evaluación vigente en la Rama Judicial. […] (Ap. Pág. 90)

Efectuada la evaluación de desempeño entre el 3 de abril al 17 de mayo de 2006, la puntuación sólo alcanzó a 1.24, dentro de la categoría de Regular1 y en el Perfil de Desarrollo se expuso lo siguiente:

Área de Fortaleza

Ninguna

Área de Mejoramiento

La empleada debe mejorar en todos los criterios generales y las competencias y se estará evaluando para tomar una determinación con respecto a la recomendación de continuar o no en el periodo probatorio que se encuentra. (Ap.

Pág. 43)

El informe recomendó la separación en periodo probatorio. (Ap. Pág. 43)

La señora Gutiérrez no aceptó esta segunda evaluación en periodo probatorio, por lo que no la firmó. Luego del trámite de rigor, el 19 de mayo de 2006 la directora de la OAT, Hon. Sonia Ivette Vélez Colón, por conducto del Sr. Jorge Esteves

Rosado, Director Ejecutivo Regional, notificó a la Sra. Gutiérrez la separación del puesto a partir del 22 de mayo de 2006, conforme a lo establecido por el art. 14.1 del Reglamento de la Administración del Sistema de Personal de la Rama Judicial2.

No conforme, la Sra. Gutiérrez, pro se, apeló ante la Junta De Personal De...

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