Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Abril de 2008, número de resolución KLAN20080149

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN20080149
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución15 de Abril de 2008

LEXTA20080415-001 Villalobos Velez v. Inv-Fin Corp.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL AGUADILLA

HECTOR L. VILLALOBOS VELEZ, LUZ DAMARIS GONZALEZ ESTRADA, LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS DEMANDANTE-APELADOS V. INV-FIN.CORP. ANGEL L. MARRERO DEMANDADOS- APELANTES KLAN20080149 APELACIÓN PROCEDENTE DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA MUNICIPAL DE AGUADILLA CASO NUM.: AACI200501452 SOBRE: COBRO DE DINERO

Panel integrado por su presidenta la juez Pesante Martínez, el juez Escribano Medina y la juez Hernández Torres

Escribano Medina, Juez Ponente

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico a 15 de abril de 2008.

La apelante INV-FIN CORP. solicita la revocación de una sentencia emitida el 26 de diciembre de 2007, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Municipal de Aguadilla (Hon. Carmen Montalvo Laracuente, J) en el caso civil AACI200501452, HECTOR L. VILLALOBOS VELEZ, Y OTROS v. INV-FIN.

CORP., Sobre Cobro de Dinero. Mediante ésta se declaró con lugar la demanda contra INV-FIN CORP. y se ordenó la devolución de $5,000.00.

I

El 25 de octubre de 2004, la apelante INV-FIN CORP y la parte demandante-apelada suscribieron un contrato de opción a compra relacionado a un solar de 1,401 metros cuadrados localizado en el Bo. Palmas de Aguadilla.1

Conforme al contrato el apelante se obliga a vender y el apelado a comprar esa propiedad por el precio cierto de $35,000.00, en particular las cláusulas tercera, cuarta y quinta disponen:

TERCERA

Del precio convenido, la parte compradora entregará a la parte vendedora la suma de cinco mil dólares ($5,000.00) en moneda del cuño legal y corriente de los Estados Unidos de América.

CUARTA

Las partes acuerdan que el restante de la suma pautada, o sea, treinta mil ($30,000.00) serán pagados durante el mes de enero de 2005.

QUINTA

El término de esta opción, cuyo término es condición esencial a este contrato, es hasta el veintinueve (29) de enero de 2005.

El apelado pagó la suma de $5,000.00 mediante un cheque personal y luego de transcurrido el término del contrato, la parte apelada le requirió a la parte apelante la devolución de los $5,000.00 abonados al precio de compraventa.

De los autos surge que INV-FIN CORP se negó a devolver el dinero, dando lugar a que se incoara la demanda en cobro de dinero y sentencia declaratoria.

La demandada-apelante

contestó en tiempo la demanda aceptando las alegaciones y levantando como defensa que el demandante-apelado no ejerció la opción de compra dentro del término dado en el contrato por lo que no tiene derecho a que se reembolse la cantidad abonada al precio.

Las partes comparecieron a una vista en la que sometieron el caso para que el tribunal resolviera si procede o no la devolución de los $5,000.00 conforme al contrato suscrito entre las partes y el foro de...

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