Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Abril de 2008, número de resolución KLAN20080161
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN20080161 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 23 de Abril de 2008 |
MILTON GINES MELENDEZ, SU ESPOSA CARMEN M. AYUSO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS, RAUL RIVERA ONEILL, SU ESPOSA MARIA VAZQUEZ GONZALEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS | | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Carolina Civil Núm.: FPE2005-0201 (403) Sobre: Injunction y Daños y Perjuicios | |
Panel integrado por su presidenta, la Juez García García, la Juez Varona Méndez y el Juez Cabán García.
Cabán García, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 23 de abril de 2008.
Mediante recurso de apelación presentado el 1 de febrero de 2008, comparece ante este tribunal el Municipio de Trujillo Alto (Apelante).
Nos solicita que revoquemos la Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina (TPI) el 25 de octubre de 2007, notificada el 5 de noviembre de 2007. Mediante ésta, el TPI le impuso a la Corporación Residentes de la Urbanización Mansiones de San Rafael, Inc. y al Municipio de Trujillo Alto la responsabilidad del pago solidario de dos mil dólares ($2,000.00) por honorarios de abogado por entender que fueron temerarios.
Por los fundamentos que expondremos a continuación, modificamos la Sentencia recurrida.
El 28 de febrero de 1997, la Corporación Residentes de la Urbanización Mansiones de San Rafael, Inc., presentó ante el Municipio de Trujillo Alto una petición para el establecimiento de un sistema de acceso vehicular en dicha urbanización.
El 10 de junio de 1998, la Asamblea Municipal denegó la petición. Inconforme, la Corporación de Residentes recurrió en revisión judicial ante el TPI en el caso FAC1998-0375.
Así las cosas, el 4 de febrero de 2003 el foro de instancia emitió
Sentencia revocando la determinación del Municipio de Trujillo Alto ordenando la inmediata expedición de los permisos correspondientes para la implementación del sistema de acceso controlado.
Como resultado de la referida Sentencia, el 18 de mayo de 2004, el Municipio de Trujillo Alto emitió la Ordenanza Núm. 28, serie 2003-2004, en la cual se autorizó a la Corporación de Residentes a establecer el control de acceso.
Por ello, el 23 de marzo de 2005 el Sr. Milton Gines Meléndez, su esposa Carmen M. Ayuso y la Sociedad Legal De Gananciales compuesta por ambos y Raúl Rivera Oneill, su esposa Maria Vázquez González y la Sociedad Legal De Gananciales compuesta por ambos (Apelados) presentaron demanda de interdicto y daños alegando que el sistema de seguridad era uno ilegal por no estar conforme a derecho, impedía el libre flujo hacía sus marquesinas, además de resultar un estorbo al tener que soportar los constantes ruidos, bocinazos, gritos o discusiones que se suscitan en este tipo de construcción.
El 3 de noviembre de 2005, el foro de instancia emitió Sentencia desestimando la causa de acción por entender que la acción constituía un ataque colateral de una Sentencia previamente emitida la cual advino final y firme y dispuso del objeto principal de la controversia y que impedía la implementación
de un sistema de control de acceso en la Urb.
Mansiones de San...
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